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Mikel Lejarza
Toulouse
La juez Mercedes Alaya utilizó ayer por primera vez en un auto la expresión "despilfarro" para definir el sistema por el que durante una década la Junta ha estado concediendo subvenciones públicas vinculadas a los ERE y otras ayudas sociolaborales que la juez considera absolutamente ilegales. Y lo hizo en un nuevo auto en el que impuso una fianza de responsabilidad civil de 686.190.686,36 euros al ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Francisco Javier Guerrero, el principal imputado en el caso y que permanece en prisión provisional desde el pasado día 10. La fianza está dirigida a garantizar la devolución de las "ingentes cantidades de dinero que de manera presuntamente ilícita han salido del erario público" y es algo inferior a los 933 millones que solicitó la Fiscalía Anticorrupción, ya que la juez sólo ha tenido en cuenta las ayudas sociolaborales concedidas por el ex director general de Trabajo y no las que pudo comprometer para futuros mandatos, ya que, según precisa, los "sucesivos directores generales y sus superiores pudieron advertir la presunta ilegalidad de los expedientes de ayudas iniciados por aquel, no continuando los pagos y en su caso, poniendo en marcha los procedimientos de reintegro". Dice la juez que esta situación pudo ser advertida por estas personas porque el propio Guerrero reconoció en su declaración que las ayudas eran "absolutamente discrecionales, que solamente eran concedidas a entidades próximas a la Administración" y por tanto estaban "completamente huérfanas del procedimiento legalmente establecido que era el de la subvención excepcional", añade la magistrada.
La juez rechaza en un nuevo auto la petición de la defensa de Guerrero para apartar del procedimiento a la Junta, personada como acusación particular, y considerarla como responsable civil subsidiaria, al entender el abogado que la Administración es responsable porque los posibles delitos se cometieron en el ejercicio del cargo. La instructora señala que un plano teórico la Junta podría tener la doble condición de perjudicada y responsable civil subsidiaria, pero en el plano real, "los verdaderos perjudicados u ofendidos por los delitos que se investigan, con independencia del buen nombre de una determinada institución, son los ciudadanos de esta comunidad autónoma".
Si se declara la responsabilidad subsidiaria de la Junta, argumenta la juez, se daría la "paradoja" de que los únicos a los que podría beneficiar serían los futuros acusados en caso de no hacer frente a sus propias responsabilidades, "mientras que los ciudadanos se verían doblemente perjudicados, primero por el presunto despilfarro dilatado en el tiempo de dinero público, y segundo por tener que hacer frente mediante el abono de sus tributos, a la cantidad en la que se concrete la responsabilidad civil subsidiaria, cuyo importe se aplicaría al pago de la misma, en vez de a los fines públicos e interés general a los que por naturaleza deberían ser destinados". Esa declaración "deberá ser ponderada en el momento que corresponda (y que desde luego no es en fase instrucción)", concluye Alaya.
La resolución impone la fianza civil a Guerrero al valorar la juez un triple fundamento. En primer lugar, Alaya apunta a los "sólidos indicios" que existen contra el ex alto cargo, lo que le lleva a decir que "efectuando un cálculo de probabilidades es previsible que pudiera ser condenado". También destaca el peligro del daño derivado del "inevitable retraso en la resolución definitiva de la causa", en la que advierte de que el enjuiciamiento de los hechos por la extensión de la investigación se "demorará más allá de lo deseable". Y por último, Alaya dice que ha tomado en especial consideración el "principio de proporcionalidad" a la hora de determinar las medidas cautelares.
En la fianza se incluyen 456 millones por las ayudas sociolaborales, otros 59 millones por ayudas directas a empresas, así como tres millones más por el pago de las primas a determinados intrusos y cuatro millones en relación con "pagos cruzados" ordenados por Guerrero y que no constan en la contabilidad de IDEA.
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