La Audiencia arranca el primer juicio de la macrocausa de Invercaria
La macrocausa por las ayudas y préstamos de Invercaria
La vista oral se celebrará durante un mes para analizar la ayuda a la empresa aceitunas Tatis
La primera pieza de la macrocausa de Invercaria que llega a juicio de las 13 que están ya finalizadas. La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla inicia este lunes el juicio por el préstamo participativo de 100.000 euros concedido en 2009 a la empresa de La Carolina (Jaén) Aceitunas Tatis.
La vista oral, que se celebrará en sesiones de lunes a miércoles, arranca con la exposición de las cuestiones previas, que está previsto que se desarrollen durante varias sesiones esta semana, mientras que la declaración de los dos acusados está prevista para los días 30 de septiembre y 1 de octubre. Según el calendario que baraja el tribunal, está previsto que el juicio acabe entre el 28 y el 30 de octubre con los informes de conclusiones y el derecho a última palabra de los acusados.
Al tratarse de la primera pieza de Invercaria que llega a juicio, habrá algunos aspectos que deberán dilucidarse en el trámite de cuestiones previas o a lo largo del proceso, como por ejemplo si Invercaria es una sociedad pública a los efectos de poder atribuir el delito de malversación a sus responsables –algo que parece haber resuelto ya el Tribunal Supremo, al establecer ese carácter si más del 50% de sus fondos son públicos– y sobre todo si Invercaria tenía un procedimiento para la concesión de las ayudas y préstamos, como entiende la Fiscalía Anticorrupción.
El Ministerio Fiscal solicita seis años de cárcel y 25 de inhabilitación para el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, así como otros dos años y medio de prisión y 11 años de inhabilitación para la ex administradora única de la empresa, Gracia Rodríguez Cortés. Además, reclama que ambos indemnicen conjunta y solidariamente a Invercaria en la cantidad de 108.732 euros.
En su escrito de conclusiones provisionales, Anticorrupción recoge como hechos probados que la acusada, “acuciada por las deudas y la deficiente situación económica” de la empresa, acudió a la sede de Invercaria y “logró acceder directamente” a su presidente y consejero delegado, “llegando incluso a interrumpir una reunión que mantenía con otros directivos de la sociedad”. “Sin ninguna solicitud previa y sin aportar ningún documento, y sobre todo sin ningún análisis”, la administradora única de Aceitunas Tatis obtuvo un préstamo participativo de 100.000 euros “gracias a la personal decisión” de Pérez-Sauquillo. Su destino fue “el pago a acreedores, sin que respondiera a ningún fin propio de capital riesgo”, asevera la Fiscalía, que reprocha que el expediente de concesión del préstamo “está huérfano de toda documentación”.
El juez de Instrucción número 16 de Sevilla, Juan Gutiérrez Casillas, aseguró en el auto que puso fin a la instrucción que existen “motivos suficientes para atribuir” un delito de malversación de caudales, otro de prevaricación y un tercero de tráfico de influencias a los dos investigados.
Aceitunas Tatis se constituyó el 27 de septiembre de 2004, con domicilio en La Carolina (Jaén) y su objeto era el comercio al por mayor y al por menor de todo tipo de productos alimenticios, la fabricación de jugos y conservas vegetales y cualquier otra actividad relacionada con las anteriormente descritas en el ámbito agroalimentario.
En el expediente de resolución del préstamo participativo de Invercaria sólo aparece la resolución de concesión de un aval de la agencia Idea de 19 de enero de 2009 por 80.000 euros y no formalizado, una ficha de entrada en preanálisis “de escaso contenido, no más que datos societarios y sin un preanálisis real”, y una presentación en “Power Point” con el plan de negocios de aceitunas Tatis, precisa el auto.
Decía el magistrado que fue una decisión “unilateral y exclusiva” del entonces presidente de Invercaria, Tomás Pérez-Sauquillo, la concesión de un préstamo por valor de 100.000 euros, contrato que se otorgó el 19 de junio de 2009 a favor de Aceitunas Tatis, concertado con Invercaria y por Gracia Rodríguez Cortés como representante legal de la empresa.
El destino del capital objeto del préstamo participativo fue el “pago a acreedores diversos, sin que respondiera auténticamente a ningún fin propio innovador y estratégico de la actividad de capital riesgo a la que se dedica Invercaria”.
Según el juez, la decisión de otorgar el préstamo se “tomó, acordó y concedió exclusivamente en el seno de Invercaria por el presidente-consejero delegado Tomás Pérez-Sauquillo sin tramitarse ese préstamo por el procedimiento establecido en la normativa de referencia ni ajustándose al plan director de Invercaria y a la forma de operar habitual internamente, sin que el plan de negocio fuese recepcionado en el departamento de promoción, sin que se hubiese efectuado un análisis técnico por el departamento de Análisis e Inversión y concediéndose por las propias facultades del presidente sin sometimiento a deliberación y aprobación por el consejo de administración, aunque no fuera obligatorio por la cuantía de la inversión”.
La empresa aceitunas Tatis fue declarada en concurso voluntario en diciembre de 2010 por un juzgado de Jaén.
La ayuda “más picante” de la sociedad de capital riesgo
Sueño fálico, metrosexual mulata y metrosexual nórdica, lengüetazos, dulces cuernos, polvazos, polvitos y polvazos picantes... Estos nombres forman parte de una innovadora “línea erótica” que la empresa Aceitunas Tatis comercializaba y cuyo catálogo fue incorporado a la causa judicial para sorpresa, y por supuesto también cachondeo, de muchos.
El catálogo de banderillas tampoco tiene desperdicio: desde la banderilla malagueña, vasca, pasando por los rollitos de boquerón o las delicias de pepino. La defensa de la que fuera administradora de Aceitunas Tatis presentó en el juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla, que investigó la causa, un escrito en el que justifica que el proyecto para el que se concedió ese préstamo participativo “reunía las características de innovador y se incluía dentro de un sector estratégico dentro de la comunidad autónoma de Andalucía”.
El documento aporta cifras macroeconómicas sobre el sector de la aceituna de mesa y destaca la “innovación incremental” que introdujo aceitunas Tatis al crear un “valor agregado sobre un producto ya existente, agregándole cierta mejora”. Aceitunas Tatis, prosigue la defensa, elaboraba productos totalmente innovadores por su calidad, modo de elaboración, presentación y mercado objetivo.
Todos eran productos “gourmet ecológicos” basados en la aceituna y elaborados de modo artesanal, con 60 variedades distintas y la “mayor selección de especialidades con respecto a cualquier otra empresa similar”.
En el marco de esa innovación, añade lo siguiente: “Un aspecto muy importante a tener en cuenta es la presentación de los productos con la creación, incluso, de una novedosa línea erótica que tuvo una magnífica acogida en el mercado nacional e internacional”. “Adjuntamos como prueba gráfica de todo ello, para una mejor comprensión de todo lo dicho, documentos dos y tres con los catálogos publicados por Aceitunas Tatis”, añade el escrito aportado por la defensa de esta acusada.
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