La Junta tendrá que pagar los 165 millones a Tomás Olivo por el Centro Nevada

Tribunales

El Tribunal Supremo rechaza el recurso con el que el Gobierno andaluz trataba de evitar el cumplimiento de la condena del TSJA por la paralización de las obras

Tomás Olivo / Alex Cámara
Lola Quero

22 de mayo 2018 - 13:49

La Junta de Andalucía tendrá que pagar al empresario Tomás Olivo, propietario del Centro Comercial Nevada, los 165,6 millones de euros que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) le impuso el año pasado. El Tribunal Supremo acaba de rechazar la admisión del recurso en el que el Gobierno andaluz había puesto sus esperanzas para evitar la condena económica.

Con esta resolución del Supremo, que acaba de ser notificada a las partes, se acaba el recorrido ordinario del pleito iniciado por el promotor urbanístico, que reclama ser compensado por los daños y el lucro cesante de los más de 7 años años en los que las obras del Centro Comercial Nevada (ubicado en el municipio granadino de Armilla) permanecieron paralizadas por orden judicial a instancias de la Junta de Andalucía.

Según fuentes judiciales, el Supremo acaba de dictar una providencia en la que rechaza admitir los dos recursos planteados por este asunto, el de la Junta de Andalucía, que pedía revocar la condena del TSJA, y el del propio promotor, que exigía una indemnización superior a los 200 millones de euros. Queda en vigor, por tanto, la última resolución del TSJA de 2017, que cifró la condena en 165 millones de euros.

La Junta de Andalucía acudió a los tribunales hace más de una década para tratar de frenar la construcción de un gran centro comercial en el área metropolitana de Granada e inició un contencioso que mantuvo paralizada la obra durante muchos años. Una vez que el promotor ganó a aquel proceso, exigió una compensación económica por las pérdidas ocasionadas y los tribunales le han dado la razón hasta ahora, con condenas a la Junta cuyos importes no han dejado de crecer.

La Administración andaluza siempre ha mantenido que los jueces debían de tener en cuenta otro proceso judicial, en el ámbito penal, que durante aquellos años se siguió en paralelo y cuyos resultados fueron radicalmente opuestos a los del contencioso. La Audiencia Provincial de Granada llegó a condenar en 2011 a Tomás Olivo a prisión por un delito contra la ordenación del territorio y ordenó demoler una parte del centro comercial, por ocupar suelo no urbanizable.

De ahí que la Junta quisiera llevar este contexto judicial completo al pleito económico, pero todas las resoluciones que le afectan se han ceñido a los trámites del proceso contencioso-administrativo, en el que la empresa de Tomás Olivo (General de Galerías Comerciales SA) sí consiguió vencer a la Junta.

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