El Juzgado Militar Central amplía la investigación a la cadena de mando por las muertes de Cerro Muriano

El lago en el que fallecieron los dos soldados. / Ministerio De Defensa
Redacción Sevilla

11 de junio 2024 - 09:26

El juez de lo militar en Madrid será el que investigue finalmente la muerte de dos militares en la base de Cerro Muriano. Así, será el Juzgado Togado Militar Central Número 2 amplía la investigación a la cadena de mando y tomará declaración a cuatro altos cargos de la Brigada Guzmán el Bueno del Ejército de Tierra por la muerte del cabo Miguel Ángel Jiménez y del soldado Carlos León, el pasado 21 de diciembre mientras realizaban maniobras en un embalse de la cordobesa base militar.

Así lo ha decidido el tribunal militar central en sus dos autos de 6 y 7 de junio en los que, además, acuerda señalar fecha para la declaración de los cuatro jefes militares y 42 testigos, peritos y testigos-peritos.

En concreto, se trata de dos coroneles, el que ostentaba la jefatura del regimiento de Infantería La Reina número 2 cuando se programó el ejercicio y el que lo había sustituido en el mando cuando este se ejecutó; del teniente coronel que dirigía la plana mayor de la unidad en el momento en que se aprobó el plan de instrucción de los reclutas; y del comandante que ejercía estas funciones el día del accidente.

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El abogado Luis Romero analiza que sea el Juzgado Militar Central amplía la investigación a la cadena de mando

"Desde el día 29 de diciembre en nuestra primera denuncia veníamos solicitando estas imputaciones y la del General de Brigada, en la que seguiremos insistiendo. Posteriormente lo hemos reiterado en varios recursos y escritos dirigidos al Juzgado Togado Militar de Sevilla", ha señalado tras la noticia el abogado Luis Romero Santos, que ejerce la acusación particular de la familia del Soldado Carlos León. "Igualmente, solicitaremos el sobreseimiento y archivo respecto al Sargento Estupiñán, la imputación para el General de Brigada y la declaración de más testigos", ha añadido.

Sobre el caso, según el juez instructor, "en relación al ejercicio a realizar en un espacio acuático de la base de Cerro Muriano, una especie de lago o pantano artificial con una extensión de aproximadamente 2.200 metros cuadrados, por el capitán Zúñiga al momento de elevar a la superioridad el programa del periodo de instrucción en el que se incluía la actividad de cruce de río, no se hizo apreciación o valoración alguna respecto de aspectos muy importantes para realizar el ejercicio de forma segura y correcta, como son los consistentes en el punto en el que se iba a cruzar el lago y la extensión del recorrido; si era necesario nadar o no, para realizar el mismo -extremo este muy importante, pues de lo actuado resulta que para el ingreso como militar del Ejército de Tierra no se solicita a los aspirantes la superación de prueba de soltura acuática alguna-, pues no había previsión alguna en este sentido sobre la profundidad del tramo a recorrer-; o si se iba a emplear algún medio de flotación por los intervinientes en el ejercicio; o cualesquiera de las medidas de seguridad a emplear en su ejecución".

Además, el juez instructor señalaba que "tampoco se advirtió nada en este sentido ni por el jefe de la Plana, ni por el coronel jefe de Regimiento al momento de realizar la labor de supervisión y autorización del ejercicio, tal y como resulta del informe del Estado Mayor de la Defensa y del informe del jefe del Regimiento La Reina Número Dos, en los que se recoge los cometidos respectivos de supervisión y autorización del ejercicio".

De este modo, según el Juzgado Togado Militar número 21 de Sevilla, la maniobra fue emprendida "sin contar con las medidas de seguridad necesarias para su realización, extremo que pasó inadvertido tanto por el capitán Zúñiga al momento de su planificación, como por sus superiores al momento previo de su ejecución, pues no hubo supervisión alguna en este sentido ni por el teniente coronel José Luis Zanfaño Hidalgo ni tampoco por el coronel Daniel Ángel Tostón Méndez".

"Tampoco existió supervisión alguna al momento de su ejecución (del ejercicio), lo que competía al jefe del Regimiento La Reina, el coronel Manuel Navarro González, quien en fecha 15 de diciembre de 2023 relevó en el mando al coronel Tostón-, debiendo ser auxiliado, por el jefe de la Plana de Mando destinado a la fecha de realización del ejercicio el 21 de diciembre de 2023, que en base a lo manifestado por el capitán Zúñiga debía ser el comandante que a la referida fecha se encontraba como jefe de PLMM en sustitución del coronel Zanfaño", precisa el auto.

Así, después de que el pasado 22 de marzo compareciesen como investigados ante el Juzgado Togado Militar número 21 de Sevilla el capitán Zúñiga, el teniente Tato y el sargento Álvarez Estupiñán; dicha instancia judicial ha detectado, según figura en el auto, posibles "indicios de responsabilidad penal" respecto a los coroneles Tostón Méndez y Navarro González, así como para el teniente coronel Zanfaño Hidalgo y el comandante jefe de la PLMM a fecha 21 de diciembre de 2023, todos ellos aforados ante el Tribunal Militar Central, que motivan la inhibición de las actuaciones en favor del Juzgado Togado Central".

"En base a los indicios recogidos, de los que se desprende una posible conducta delictiva en militares que ostentan el empleo de teniente coronel, coronel y comandante, así como en atención a las solicitudes realizadas por las acusaciones particulares en el trámite de competencia, es lo que impide seguir conociendo del presente procedimiento, en tanto que se antoja procedente sean oídos como investigados", determina el juzgado, acordando en esta resolución su inhibición a favor del Juzgado Togado Militar Central.

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