La Audiencia de Córdoba ratifica que la Justicia Militar asuma la instrucción de las dos muertes en Cerro Muriano
Tribunales
El tribunal confirma la inhibición del magistrado José Luis Rodríguez Lainz a favor del Juzgado Togado Militar número 21 de Sevilla
La acusación pide prisión preventiva para los tres mandos investigados por la muerte de los dos militares
La Justicia Militar ratifica la "apariencia delictiva" de las dos muertes durante las maniobras
La Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado que es la Justicia Militar la que tiene que instruir el caso del cabo y el soldado fallecidos el pasado diciembre durante unas maniobras en la base de Cerro Muriano.
Mediante un auto notificado este viernes a las partes, el tribunal ratifica el posicionamiento del Juzgado de Instrucción número 4 de Córdoba, que ya se inhibió a favor del Juzgado Togado Militar número 21 de Sevilla, una decisión que las acusaciones recurrieron.
Contra el auto cabe un nuevo recurso, aunque la acusación particular que ejerce el abogado Antonio Granados en nombre de la viuda del cabo ya ha dicho que no presentará alegaciones.
Este mismo jueves, precisamente, el Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla ratificaba que los fallecimientos "no solo tienen una apariencia delictiva", sino que además, con una calificación de los hechos provisional, revisten caracteres de un "ilícito penal de delito contra la eficacia del servicio, tipificado en el Código Penal Militar".
Esto es, que el capitán, el sargento y el teniente investigados podrían ser penalmente responsables de los dos decesos y que estos hechos tendrían castigo en el Código Penal Militar.
El Tribunal Militar Territorial de Sevilla explicaba en su auto que "no tiene sentido alguno" la prolongación de las diligencias previas, por lo que refrendaba la apertura del sumario por su jurisdicción. En este sentido, ratificaba que los hechos recogidos en los autos precedentes -"muerte de dos militares en el transcurso de maniobras militares, en establecimiento militar"- tendrían un "evidente encaje" en el artículo 77 del Código Penal Militar.
Y es que "los hechos no solo afectaron a la vida y salud del soldado y el cabo, sino también a la disciplina", bien "por menoscabar su contenido esencial", bien porque las muertes se produjeron durante las conocidas maniobras de paso por zona de agua.
Solicitud de prisión preventiva
A raíz de esta resolución, la acusación particular que ejerce la viuda del cabo cordobés solicitó este jueves el ingreso en prisión preventiva de los tres mandos presuntamente responsables, al entender que ahora es el "momento procesal oportuno para que se decrete la prisión preventiva".
El letrado solicita que se decrete la prisión preventiva de los tres presuntos responsables al entender que "existen motivos suficientes" debido, en primer lugar a "la gravedad de los hechos".
También alega que con esta medida se podría evitar "la pérdida o manipulación de pruebas (documentales o testificales) a las que los presuntos autores pudieran tener acceso", pues el abogado recuerda que los tres militares mantienen su empleo a día de hoy. Estas pruebas "pudieran ser cruciales para el esclarecimiento de los hechos", sostiene.
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