El Consistorio pondrá fuertes multas al vallado de caminos
La ordenanza se reserva el derecho de prohibir el uso de todoterrenos o quads
El Ayuntamiento pondrá sanciones de altas sumas económicas, de entre 15.025,31y 30.050,61 euros, a los propietarios que vallen caminos públicos ubicados en suelo no urbanizable al considerar esta actividad, denunciada por grupos conservacionistas y de disfrute de la Sierra, como una usurpación por parte de propietarios privados de una propiedad que forma parte del dominio público. La nueva ordenanza que tramita el Consistorio, y que ayer se aprobó en el consejo de la Gerencia por el trámite de urgencia, considera como hechos muy graves también la alteración de mojones y señalamientos de caminos, fuentes públicas o alcubillas, que contribuyan a su deslocalización. Las faltas graves tendrán una sanción de 3.005,07 a 15.025,30 euros y se centran en la modificación de cauces de agua, la realización de derrame de residuos no autorizada, la plantación de especies sin permiso de las autoridades o dificultar el desarrollo de las actividades de inspección por parte de los agentes municipales.
El texto establece una serie de medidas de protección, deslinde y desafección de la enorme red de caminos, fuentes, abreros y alcubillas públicas, sobre la base del catálogo realizado en 1884 por una ordenanza específica, que queda plasmada en un catálogo de 89 caminos vecinales (64 en la campiña, 25 en la Sierra) y 104 fuentes en el segundo término municipal más extenso de España, según aseguró el concejal de Medio Ambiente, Francisco Cobos (IU).
Una de las curiosidades es que el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de establecer determinadas limitaciones de los caminos públicos para el tránsito de vehículos en aras a proteger el terreno, evitar la erosión y preservar la zona natural de incendios forestales. Una de las medidas específicas que se reserva la institución municipal es prohibir el uso de determinado tipo de vehículos -como todoterrenos, quads o motos de motocross- por caminos que se encuentren en suelo no urbanizable de especial protección medioambiental.
Los ediles de Urbanismo y Medio Ambiente aseguraron que esta ordenanza no es sólo una cuestión demandada por entidades conservacionistas o por senderistas. Afirmaron que los propietarios de tierras están interesados en contar con un instrumento que les permita delimitar claramente la superficie de sus fincas, en aquellos casos donde el camino o la fuente pública discurren dentro de su propiedad o en el límite de ésta.
No obstante, los responsables municipales aseguran que la ordenanza, que empezó a redactarse en el año 2004, servirá además para establecer nuevos usos recreativos, que incidirán en el valor turístico de la oferta de Córdoba, por medio de la puesta en valor de este patrimonio que se declara inalienable, inembargable e imprescriptible.
La nueva norma, a la que aún le queda un largo recorrido por delante, establece un sistema de concesiones de licencias para los propietarios que quieran realizar obras en el dominio público, estableciéndose expresamente que el paso de líneas eléctricas o de servicios ha de realizarse mediante el soterramiento de las mismas. Además, se crea un protocolo de trabajo para la desafección de los terrenos y para los casos de usurpación de los suelos públicos que hayan sido ocupados.
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