Córdoba contará con una ordenanza para la gestión y protección del arbolado urbano

Medio Ambiente

La empresa adjudicataria del plan director que guiará el cuidado, la reposición y plantación de nuevos ejemplares arbóreos en la ciudad deberá tenerlo listo en ocho meses

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Columnas de árboles en una calle del Parque Figueroa.
Columnas de árboles en una calle del Parque Figueroa. / Juan Ayala

Córdoba contará con una ordenanza para la gestión y protección del arbolado urbano. Dos empresas optan a la redacción del Plan Director de Arbolado Urbano de Córdoba, Árbol, Investigación y Gestión y Tecnigral, y la que de ellas resulte adjudicataria del contrato que ha licitado el Ayuntamiento para dicha redacción deberá marcar las directrices para la elaboración de dicha ordenanza. La empresa, además, tendrá un plazo de ocho meses -a partir de la fecha de adjudicación del contrato- para entregar al Ayuntamiento ese plan que guiará el cuidado, la reposición y plantación de nuevos ejemplares arbóreos en la ciudad para aumentar las sombras, entre otras cuestiones.

El Consistorio considera imprescindible, tal y como recoge el pliego del contrato, que el plan director sea un documento consensuado "con todos los agentes implicados, por lo que contará con un proceso participativo tanto en la fase de análisis y diagnóstico" de la situación del arbolado en la ciudad que tiene que dictaminar la adjudicataria en el plan, como "en la fase de elaboración del modelo de arbolado y propuestas de gestión".

El Área de Desarrollo Urbano, Sostenibilidad y Servicios Públicos de la Delegación Municipal de Infraestructuras -concretamente el Departamento de Parques y Jardines- insiste en el pliego en que se canalizará la participación activa de la ciudadanía a través del Consejo Municipal de Medio Ambiente y, en concreto, en la Comisión del Árbol. Asimismo, el Ayuntamiento quiere que la participación se haga extensible a la Universidad de Córdoba (UCO).

El plan director analizará con detalle el arbolado de la ciudad que sea de titularidad y gestión municipal, incluido todo el arbolado de viario, el de zonas verdes y el de colegios públicos, gestionado por medios propios o en contratos de servicios de mantenimiento de dichas zonas verdes, ascendiendo a un total aproximado de unos 90.000 ejemplares entre árboles y palmeras.

En este apartado de diagnóstico debe incluir una valoración general de los ejemplares arbóreos, con parámetros como la cuantificación de los principales contaminantes atmosféricos que tiene Córdoba y que reducen su cifra, así como la cuantificación de la captación y almacenamiento de CO2 del arbolado urbano; y también debe incluir un estudio cuantitativo y cualitativo de los ejemplares en el que, entre otras cosas, se detalle el estado y situación de los que están catalogados y las principales afecciones que sufren, además de identificar y relacionar las especies alergénicas y el grado de adaptación e idoneidad de las distintas especies utilizado en viario y zonas verdes de la ciudad.

Asimismo, el plan debe contar con un análisis de las especies y su sensibilidad al cambio climático; así como con un estudio por tipologías del entorno, en el que se plasme la situación actual del arbolado según sea su entorno; en viales (avenidas, bulevares, aceras con o sin banda de aparcamiento...), zonas verdes estanciales, plazas/zonas peatonales, parques y jardines, masas forestales en zonas naturales...Este estudio debe incluir el análisis de corredores verdes, considerando el arbolado de viario como una trama más o menos continua que ejerce de conexión entre zonas verdes.

En este apartado de diagnóstico, el plan debe contar asimismo con una evaluación de los ejemplares arbóreos que puedan ser considerados potencialmente de riesgo, "elaborando así un mapa de riesgo que localice las zonas de la ciudad con arbolado de mayor riesgo y analice cuáles son aquellas especies más propensas a la fractura y/o vuelco. Se incluirá un plan de gestión del riesgo, proponiendo un modelo de cuantificación del riesgo para normalizar su gestión", detalla el pliego del contrato.

Mientras, en el apartado de propuesta de modelo de arbolado y gestión el plan debe incluir, entre otras medidas, la propuesta de nuevas plantaciones de acuerdo con las carencias diagnosticadas y la de renovación de plantaciones en calles con afecciones y/o problemáticas, así como la de actuaciones que conduzcan a la disminución de densidad de arbolado en aquellas localizaciones (si las hubiera) en las que la densidad actual esté generando problemas de competencia y adecuado desarrollo de los ejemplares, daños en infraestructuras...El documento debe contar también con un análisis de los problemas asociados a la falta de suelo disponible, "estableciendo criterios para proporcionar al arbolado más volumen de suelo, de mayor calidad, desarrollando estrategias que aumenten la permeabilidad del suelo urbano", relata el pliego.

También debe incluir directrices para la ejecución, adecuación y conservación de alcorques de plantación y para el aumento de la biodiversidad a través de la selección de especies. "En base al diagnóstico, deberá proponerse una relación de recomendaciones de especies y cultivares para el arbolado viario y otra para las zonas verdes de la ciudad, incluyendo los condicionantes específicos a tener en cuenta para cada caso, así como la limitación de plantaciones de especies concretas a espacios determinados, la evitación de especies actualmente en uso, o la introducción de otras nuevas", sentencia el pliego.

Asimismo, el documento debe sentar las bases para el mantenimiento integral del arbolado, destacando las podas que se llevan a cabo en la ciudad para la conservación de los ejemplares, "con indicación expresa a aquellas prácticas que son admisibles o, en su casa, bajo qué circunstancias". El plan debe incluir también directrices y criterios de decisión para el trasplante de árboles y grandes ejemplares; así como para la gestión del riesgo en palmeras y en el resto de árboles; y un protocolo de gestión de avisos e incidencias que contemple las actuaciones por caídas de ramas o árboles en vía pública o zonas verdes, "incluyendo medidas de comunicación de la información y un protocolo de medidas preventivas a tener en cuenta en caso de alertas meteorológicas".

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