Entra en vigor la nueva ordenanza de movilidad en Córdoba
Normativa
El documento ha sido publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Provincia
¿Cuánto cuesta un seguro para patinetes en Córdoba? Con la nueva ordenanza serán obligatorios
Si adelantas en coche a una bici en Córdoba: nunca a menos de dos metros de distancia
La Ordenanza de Circulación, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible de Córdoba entrará en vigor este sábado, 18 de febrero, tras ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia. Así, a partir de este sábado entra en vigor la nueva Zona de Bajas Emisiones (antigua Acire) donde ahora podrán entrar los coches ECO y CERO y se regula por primera vez en la ciudad el uso del patinete eléctrico.
El documento fue aprobado definitivamente en un Pleno extraordinario celebrado el pasado 17 de enero, tras incorporar varias modificaciones de los grupos de oposición y las asociaciones vinculadas al uso de la bicicleta y patinetes eléctricos, sobre todo. Con esta ordenanza, se aprueba un documento que viene a arrojar luz, por primera vez, al uso de los vehículos de movilidad personal como los patinetes y contempla, entre otros asuntos, la obligatoriedad a los usuarios de estos vehículos de un seguro de responsabilidad civil con cobertura en caso de accidente para daños materiales y personales a terceras personas, que entrará en vigor dentro de seis meses.
Durante la fase de exposición pública se modificaron varios artículos del documento. Los coches, por ejemplo, deberán guardar una distancia de seguridad de al menos dos metros para adelantar a una bici. Los conductores, así, deberán extremar las precauciones, realizándolo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de, al menos, dos metros [antes era de 1,5 metros] que garantice la seguridad entre la bicicleta y el automóvil. Además, cuando un automóvil circule detrás de una bicicleta la distancia nunca deberá ser inferior a cinco metros.
Igualmente, la ordenanza sugiere que las bicicletas y patinetes pueden utilizar las vías peatonales adaptando la velocidad al peatón, llegando incluso a detenerse, y limita la velocidad de circulación de las bicicletas y patinetes eléctricos por las ciclo-calles a 30 kilómetros por hora y de 20 kilómetros por hora en carriles bici.
El documento define a los vehículos de movilidad personal de acuerdo a sus características técnicas y su velocidad. Por diseño, la velocidad máxima está comprendida entre los 6 y los 25 kilómetros por hora. Un patinete que vaya a menos de ese rango es considerado un juguete, y si supera los 25 km es ya una motocicleta. Está prohibido manipular un vehículo de movilidad personal para alterar su velocidad o sus características técnicas. Más concretamente y según el documento quedan excluidos de esta consideración los vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín, que son considerados motos.
Será obligatorio que los VPM, esta vez con independencia de que su uso sea personal o destinado a una actividad económica, dispongan de un seguro de responsabilidad civil. Los usuarios no podrán utilizar cascos de audio o auriculares, telefonía móvil y podrán ser sometidos a pruebas de alcohol y drogas.
Los vehículos de movilidad personal del tipo patinetes eléctricos solamente se pueden estacionar en los mismos sitios y condiciones indicados para el estacionamiento de las bicicletas. Queda específicamente prohibido estacionar en: los árboles, los elementos de mobiliario urbano, cuando se dificulte el destino, la funcionalidad del elemento o cuando estos se puedan dañar, las zonas que impidan el paso de peatones, el acceso al transporte público y el uso específico de espacio reservado; donde haya reserva de estacionamiento para personas con movilidad reducida, de carga y descarga en la calzada o de servicio público durante las horas de reserva.
Podrán estacionarse sobre aceras, andenes o paseos con una anchura mínima de tres metros, junto a elementos separadores metálicos que delimitan la calzada con el acerado o farolas, durante un plazo máximo de 24 horas en el mismo sitio y siempre que no impida el paso de los peatones y no se estacionen sobre pavimentos podo-táctiles. En cualquier caso, para garantizar la circulación peatonal, se deberá respetar un espacio mínimo de 1,80 metros como zona de tránsito contando esta distancia de separación desde la fachada de los edificios.
Asimismo, la Zona de Bajas Emisiones, que ahora permitirá la entrada de más vehículos, se regulará con las mismas cámaras que ya estaban disponibles para controlar la zona Acire, en el Casco Histórico, y permitirá la entrada de los coches que ya estaban autorizados, más los menos contaminantes.
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