La nueva Ley de Vivienda y los pisos de estudiantes en Córdoba: Lo que los universitarios tienen que tener en cuenta
Alojamiento universitario
La norma se aprobó el pasado mes de mayo y clarifica a quién corresponden algunos cobros que hasta entonces asumía el arrendatario
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Gran parte del alumnado de la Universidad de Córdoba (UCO) no es de la capital y son muchos los que se viven en pisos de alquiler durante el curso académico, amén del servicio de alojamiento del que dispone la institución académica en el colegio Mayor La Asunción, la residencia Lucano, en el Campus de Rabanales, y de la residencia de Belmez.
Se da la circunstancia de que este curso universitario será el primero que comience con la nueva Ley de Vivienda del 24 de mayo, que ya está en vigor. La norma, según recoge el texto, "busca el establecimiento de una regulación homogénea" en la política de vivienda y marca como "objetivos" contar con una "regulación básica de los derechos y deberes" así como "mejorar la protección" en los arrendamientos, entre otras cuestiones.
En lo que afecta a la búsqueda de piso, trámite que en estos últimos años se ha trasladado de los anuncios en fachadas y farolas en Córdoba a las redes sociales, pero que también se sustenta en la labor de las agencias, la nueva norma estatal establece que los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato "serán a cargo del arrendador", señala el texto. Con este enunciado se determina que el estudiante -o su familia- no deben afrontar este desembolso.
En las operaciones de alquiler se debe dar una "información mínima", como la identificación del arrendador y de las condiciones económicas de la operación como el precio total y los conceptos que se incluyan y las condiciones de pago. También se debe comunicar qué servicios e instalaciones tiene la vivienda, tanto individuales como comunes.
Los pagos
Dentro de la disposición final primera se señala que el pago se efectuará a través de medios electrónicos, aunque permite que "excepcionalmente, cuando alguna de las partes carezca de cuenta bancaria o acceso a medios electrónicos de pago y a solicitud de esta, se podrá efectuar en metálico y en la vivienda arrendada".
La fianza
En cuanto a la fianza que habitualmente se abona antes de que comience el curso, cuando se formaliza el contrato, la ley limita a dos meses la fianza que puede exigirse. "Anteriormente, el aval o depósito que se podía exigir no tenía límite de cuantía, por lo que podían darse prácticas abusivas", indican desde el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Subidas
El documento publicado en el Boletín Oficial del Estado también recoge la limitación en la actualización de los precios del alquiler. En el caso de que la renta deba ser actualizada el próximo año entre el estudiante y el arrendador, se podrá negociar la subida, pero con una limitación. El incremento de la renta no podrá ser superior al 3%, señala la nueva ley.
Otros gastos
Sobre los gastos que genera el piso, desde tributos -como el IBI- a cargas o servicios que se deban afrontar, se establece que las partes "podrán pactar" que sean a cargo del arrendatario cuando no sean susceptibles de individualización y correspondan efectivamente a la vivienda alquilada.
Ese pacto debe constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato, establece la normativa que entró en vigor el pasado 26 de mayo, un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Precios
Lo habitual entre los estudiantes es compartir piso entre varios para que el coste sea más reducido, además de compartir los gastos que conlleva la vivienda.
En portales especializados se pueden encontrar habitaciones para estudiantes con precios a partir de los 150 euros al mes, aunque son mayoría los que superan la barrera de los 200 o los 250 euros por estancia en piso compartido.
El precio, no obstante, asciende de manera notable en el caso de que se trate de una arrendamiento en zonas cercanas a la estación de Renfe o del centro de la capital.
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