Luz verde a la ordenanza del comercio ambulante, que permitirá la venta de alimentos en mercadillos

Ayuntamiento

Mercadillo de El Arenal. / Juan Ayala

El Pleno del Ayuntamiento de Córdoba ha aprobado por unanimidad, en su sesión ordinaria de este 19 de octubre, la nueva Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante en la ciudad, que permitirá a los mercadillos, entre otras cosas, vender cualquier tipo de alimentos.

Se trata de la fase final de este nueva ordenanza reguladora, que viene a arrojar luz sobre algunas cuestiones del comercio itinerante, como esa autorización de venta de alimentos, la transmisión de autorizaciones mortis causa, la permuta entre distintos puestos de mercadillo, la suspensión de actividad por baja, enfermedad o accidente, pudiendo dejar un puesto vacante para cubrir con la lista de espera, o la alteración de horarios por motivos meteorológicos, según ha recordado el concejal Julián Urbano.

Esta nueva ordenanza ya había sido aprobada por la Comisión de Mercado Ambulante de Córdoba y ha llegado al Pleno "con todos los informes favorables" de la asesoría jurídica del Ayuntamiento. Hasta ahora la norma por la que se ha regido el sector en Córdoba es "la antigua ORCA u Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante, que era de 2012, sin embargo ésta no se adecúa a la Ley del Comercio Interior de Andalucía, que es de 2013". "Por ejemplo, teníamos establecido en cuatro años el periodo de concesión para los puestos fijos de mercadillos y en dicha ley autonómica esa concesión es de 15 años con una prórroga de otros 15, algo que sí recoge ya nuestra ordenanza".

La nueva ordenanza mejora, con una regulación específica del comercio callejero -los puestos de venta de Semana Santa, los puestos de caracoles, los puestos de castaña y los que se instalan en los aledaños del estadio de El Arcángel cada vez que juega el Córdoba C.F.

Unas de las principales modificaciones que tiene esta ordenanza es que se autoriza la venta de alimentos en el comercio itinerante y se suprimen los requisitos necesarios para los vendedores de acreditar que no tienen deudas con Hacienda ni con la Seguridad Social. Además, respecto a la transmisión de autorizaciones, "que ya existía en intervivos", se amplía a mortis causa. "Es decir, se identifican cuáles son las personas que tienen derecho a suceder en ese periodo de concesión de 15 años a la persona que ha fallecido", ha relatado.

En cuanto a la permuta de distintos puestos de mercadillo, con la nueva ordenanza se van a poder cambiar la titularidad de puestos fijos de un mercadillo a otro, una demanda de las asociaciones. Además, en caso de accidente o por enfermedad se puede suspender su actividad sin extinguir el derecho. Otra novedad es la regulación de la alteración de los horarios de los mercadillos por causas climatológicas.

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