El Supremo confirma 25 años de cárcel por prostituir a mujeres
Las inmigrantes eran obligadas a mantener relaciones sexuales para saldar la deuda del viaje desde Nigeria
El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de 25 años de prisión para una pareja natural de Nigeria que obligó a varias inmigrantes a prostituirse bajo la amenaza de conjuros de vudú. El alto tribunal ratifica una sentencia previa por delitos de inmigración clandestina, detención ilegal, falsedad documental y malos tratos. Los encartados recurrieron al Supremo al estimar que la Audiencia basó su sentencia en las declaraciones de una testigo protegido que el recurrente considera "falsas". La resolución, en cambio, alaba la "insistencia" de la versión de la víctima, unas aserciones contrastadas con diversos documentos como los extractos de los movimientos de las cuentas bancarias relativas al alterne.
Los hechos se remontan al mes de febrero de 2007, cuando los dos encartados, que residían en Barcelona, contactaron con una compatriota que se hallaba en "precaria situación económica" y le dijeron que si venía a España "podría trabajar como secretaria". Los procesados le dieron instrucciones de cómo realizar el viaje y le proporcionaron los billetes de avión, pasaporte, tarjetas de residencia, seguridad social y crédito y un móvil.
Cuando la víctima aceptó, fue llevada por un intermediario a un brujo local que le realizó un "conjuro vudú" con el pretexto de garantizar así la devolución del importe económico que suponía sufragarle el viaje a España. El pasaporte que recibió, según el Supremo, iba a nombre de otra persona y llevaba la fotografía de otra mujer.
El 31 de marzo, la víctima fue acompañada al aeropuerto para realizar el viaje entre Benin y Casablanca (Marruecos), y de allí a Barcelona, donde residían los procesados. La mujer fue llevada a su domicilio, tras lo cual le comunicaron que debía devolver la suma de 50.000 euros como "deuda de viaje" y, para ello, le exigieron que se prostituyera, dándole la "ropa precisa".
La víctima se negó a cumplir las órdenes, por lo que la resolución considera que "la mantuvieron encerrada durante una semana", de manera que no podía salir de su habitación y menos de la vivienda, que se encontraba cerrada bajo llave. Durante este periodo, los encartados realizaron varias llamadas a clubes de alterne y, finalmente, la enviaron en tren hasta Sevilla. La mujer tuvo que ejercer en un prostíbulo de la localidad de Umbrete durante mes y medio; posteriormente, fue trasladada a Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), Lucena, La Carlota y finalmente al País Vasco, donde permaneció hasta finales de marzo del año 2008.
En todos estos lugares, mantuvo relaciones con clientes "bajo las amenazas de los males que le depararían los conjuros de vudú", a lo que se añadía la posibilidad de revelar a la Policía su situación irregular en España. La sentencia insiste en que el control al que era sometida era "constante", pues debía mantener contacto telefónico diario dos veces al día con los procesados y, además, tenía que llamarlos cuando conseguía algún cliente.
El 28 de marzo de 2008, como consecuencia de un control de documentación efectuado por el Cuerpo Nacional de Policía en un club del polígono Los Santos, en Lucena, a la mujer le fue incoada un expediente de expulsión por su estancia irregular. En mayo de aquel año, por fin, la testigo tuvo ocasión de solicitar ayuda a los servicios sociales, lo que precipitó el procedimiento. La sentencia considera que la pareja obligó a más mujeres a prostituirse.
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