Absuelto un acusado de agresión sexual a una menor en Córdoba a la que conoció por Badoo

Tribunales

Mantuvieron conversaciones "de tono sexual" por Instagram y se citaron

Detenido un ladrón que se escondió debajo de la cama en la casa donde robaba en Villanueva de Córdoba

Aplicaciones de redes sociales.
Aplicaciones de redes sociales. / El Día

Córdoba/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la absolución de un acusado de agresión sexual a una chica en Córdoba a la que conoció en la red de encuentros Badoo; en el momento de la cita, él tenía 21 años y ella, 17. La sentencia, que ratifica un fallo anterior de la Audiencia Provincial de Córdoba, da mayor verisimilitud al testimonio del acusado, que declaró que la relación fue consentida y que cesó en el momento en que ella se lo pidió, y expresa la "incertidumbre probatoria" que le suscita el relato de la joven, pues pudo ser fruto de "vivencias subjetivas que alterasen su percepción" más que "consecuencia de acontecimientos reales".

Los hechos se remontan a enero de 2021. La pareja entró en contacto a través de una red social de citas y luego siguieron conversaciones "de indudable tono sexual" a través de Instagram. A los pocos días, ambos planearon verse en el piso de él, para lo que quedaron en una parada de autobús, donde el acusado recogió a la denunciante en su coche. Pararon en el centro comercial El Arcángel, donde él realizó algunas compras y se "pertrecharon" de comida, tras lo cual se dirigieron a la csa del joven "con la intención de sostener relaciones sexuales", relata la sentencia.

"Signos de incomodidad" en la relación

Tras permanecer unos minutos en el salón de la casa y saludar al compañero de piso de él, la pareja se fue al domitorio, donde se desnudaron y se tumbaron en la cama, donde mantuvieron relaciones hasta que, "por razones que no constan debidamente precisadas, ella mostró signos de incomodidad con la situación y cesó la relación sexual cuando el acusado se percató de ello".

La chica se puso una sudadera del varón, que le cubría casi todo el cuerpo dada la notoria diferencia de estaturia entre ambos, salió de la habitación y llamó a la puerta del compañero de piso, a quien le pidió una envoltura de liar tabaco. Según la sentencia, en ese momento "la chica no presentaba signos de llanto reciente, de nerviosismo o de temblor en sus manos". La resolución, de hecho, concluye que su compartamiento era "completamente normal hasta el punto de no llamar la atención". A continuación, se volvió a introducir en la habitación del acusado y se fumó el cigarro.

Al cabo de unos 15 minutos, ella se marchó y se dirigió a casa de un amigo, a quien "entre llantos dijo haber sido agredida sexualmente, si bien pudo comer con normalidad". Luego, "tras declinar" el consejo de que denunciara, "se dirigió al domicilio de otra amiga y le dijo lo mismo". Finalmente, presentó la denuncia.

En la exploración a la que entonces fue sometida, no se encontró "ningún vestigio de violencia en la zona genital ni que el acusado hubiera eyaculado". Los forenses detectaron "leves equimosis" de dos centímetros en hombro y pecho derecho y varias erosiones en el glúteo; asimismo, la menor evidenció síntomas "que pueden ser compatibles con un estrés postraumático", si bien el tribunal descarta que se produjera una agresión sexual, aunque aclara que no por ello puede concluirse que "la joven mintiera o faltara a la verdad deliberadamente".

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