La acusación solicita a Defensa que suspenda a los cuatro militares procesados por las muertes en Cerro Muriano

Tribunales

El letrado de la viuda del cabo Jiménez, Antonio Granados, envía un escrito a la ministra Margarita Robles

El Tribunal Militar ratifica que la maniobra de Cerro Muriano en la que murieron dos soldados carecía de "medidas de seguridad adecuadas"

La ministra de Defensa, Margarita Robles, en enero de 2024 en Cerro Muriano.
La ministra de Defensa, Margarita Robles, en enero de 2024 en Cerro Muriano. / Juan Ayala

La acusación particular que ejerce el abogado cordobés Antonio Granados en nombre de la viuda del cabo Miguel Ángel Jiménez, fallecido durante una maniobra en la base de Cerro Muriano el 21 de diciembre de 2023, ha solicitado al Ministerio de Defensa que suspenda de sus funciones a los cuatro mandos que permanecen imputados en la causa.

La petición, dirigida directamente a la ministra, Margarita Robles, se produce después de que el Tribunal Militar Central haya confirmado esta semana el procesamiento de un teniente coronel, un comandante, un teniente y el capitán que ordenó la maniobra por presuntos delitos contra los deberes del servicio. Mientras, el coronel de la base y el sargento que ató la cuerda han quedado totalmente exonerados.

El abogado expone que, de acuerdo a la Ley de la Carrera Militar, el pase a la situación de suspensión de funciones de un militar profesional "puede acordarse como consecuencia del procesamiento, inculpación o adopción de alguna medida cautelar" en caso de que sea imputado en un procedimiento penal o por la incoación de un procedimiento disciplinario por falta muy grave, lo que en este caso se cumpliría.

Y explica que la titular de la cartera de Defensa cuenta con esta potestad teniendo en cuenta aspectos como "la alarma social producida", "el perjuicio que la imputación infiere a las Fuerzas Armadas" o la "gravedad de los hechos imputados", en este caso la muerte de dos militares durante unas maniobras. Según el articulado de la normativa, el periodo máximo de permanencia en la situación de suspensión de funciones no puede superar los seis meses o, en todo caso, la duración de la prisión preventiva, una medida que en este caso no se ha acordado.

El papel de los cuatro mandos procesados

La tragedia se produjo a primera hora de la mañana del 21 de diciembre de 2023, cuando un grupo de militares en formación debía cruzar un lago artificial ubicado en el interior de la base de Cerro Muriano. Las maniobras se habrían realizado con unas temperaturas muy frías, cercanas a los cero grados, y en unas condiciones de seguridad cuestionadas por la investigación. En el auto que confirma el procesamiento del capitán, considerado el principal responsable, el Tribunal Militar Central explica que la maniobra carecía de "medidas de seguridad suficientes" y se realizó supuestamente "con unas condiciones de frío en el agua que la convertían en una actividad peligrosa".

Así, de acuerdo al auto judicial, al que ha tenido acceso El Día de Córdoba, de las diligencias de instrucciones practicadas se deriva indiciariamente que el capitán ideó supuestamente "una actividad sin medidas de seguridad adecuadas, con personal que carecía de instrucción y con unas condiciones de frío en el que hacía que hacían de esta práctica una actividad peligrosa". "No parece que hubiera una adecuada valoración del riesgo ni que el capitán actuara con la pericia que le era exigible", razona el tribunal.

Entre los motivos esgrimidos, enumera que "la cuerda utilizada no resultó ser apta para la función pretendida, no había experiencia previa de ejercicio militar en condiciones de frío ni se implementaron adecuadas medidas de seguridad para eliminar, reducir o paliar las consecuencias dañosas del riesgo". Todo ello, razona el tribunal, sin perjuicio de lo que resulte en el juicio oral, donde se determinará si la conducta del capitán integra o no la figura delictiva que inicialmente se le achaca.

La instrucción advierte la falta de supervisión

El teniente, por su parte, habría coparticipado en las decisiones de su capitán y habría asumido la iniciativa en diversas "acciones negligentes" que resultaron "decisivas" para que se produjesen los graves resultados: conoció supuestamente el emplazamiento de la cuerda en el pantano el día antes del ejercicio y se implicó en su realización "de forma activa", realizando la demostración, pero "no valoró los peligros ni la falta de medidas de seguridad".

En cuanto al teniente coronel, cursó la solicitud de los apoyos sanitarios para las maniobras programadas por el capitán y estuvo dentro de sus atribuciones la supervisión directa del programa de actividades, sobre el que recibía novedades diarias, avisa el juez. En cuanto el capitán le pidió los apoyos sanitarios, "su responsabilidad debió llevar a concretar el contenido de la solicitud y valorar las actividades a realizar y su peligrosidad". El togado censuraba en el auto de procesamiento que el hecho de que la formación fuera de nivel básico no quiere decir que no sea preciso concretar su contenido para "poder razonar la solicitud de apoyos".

El comandante, por último, mantuvo trato diario con el capitán y tramitó la solicitud del cambio de la programación del plan de formación el 18 de diciembre, pero según el auto de procesamiento "no supervisó el mismo ni se interesó por el contenido". En suma, "mantuvo una actitud pasiva" que presuntamente permitió al capitán llevar a cabo la práctica "en las condiciones en las que lo hizo". "No se puede admitir que desde la jefatura de la Plana Mayor no se realizase ningún control ni supervisión", concluye el auto.

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