Las claves del caso Cerro Muriano: un cúmulo de presuntas omisiones y negligencias

Tribunales

El auto de procesamiento concluye que "faltó el más elemental deber de cuidado" por parte del capitán

El togado censura que la cuerda elegida no era apta y advierte de que los soldados carecían de formación

El juez procesa a seis mandos del Ejército por las dos muertes en Cerro Muriano

Un soldado, a la entrada de la base de Cerro Muriano.
Un soldado, a la entrada de la base de Cerro Muriano. / Salas / Efe

Córdoba/La muerte del soldado Carlos León y del cabo Miguel Ángel Jiménez en la mañana del 21 de diciembre de 2023 durante unos ejercicios en Cerro Muriano se produjo supuestamente como consecuencia de una cadena de negligencias y trágicas omisiones, según describe de manera minuciosa el Juzgado Togado Militar Central número 2 en el auto de procesamiento, notificado este lunes y en el que responsabiliza a cinco mandos militares.

El auto describe, en primer lugar, que en el lugar planteado para la realización de la práctica de paso de agua, a lo largo de un trayecto de 110 metros de longitud "no había ningún medio de flotabilidad auxiliar, ningún tipo de salvavidas, flotador o lancha neumática, ni personal equipado para hacer rescates en el agua". Además, "no se encontraba la ambulancia en las orillas del pantano, que fue avisada con posterioridad a lo ocurrido y que tardó en llegar unos 10 ó 15 minutos".

Los soldados desconocían el ejercicio

A esto se suma que los componentes de la compañía que iban a realizar el ejercicio "desconocían las características del mismo", pues solo "se les había advertido que iban a necesitar una muda seca". Tampoco sabían "por dónde se iba a cruzar" y "desconocían la profundidad".

Además, "no habían realizado ninguna práctica de soltura acuática con anterioridad, no se les había instruido acerca del posible uso de la mochila como medio de flotabilidad y no se les había facilitado ningún chaleco ni bolsa estanca". Asimismo, según el auto judicial, "desconocían las dificultades de movilidad que generaba el portar todo el equipamiento", que incluía botas, casco, mochila y armamento.

El juez va aún más lejos al acusar a los seis mandos procesados de no haber coordinado una revisión de las mochilas, ni supervisión de las mismas "más allá de la comprobación de los efectos que llevaban en ellas". Tampoco habían realizado "ninguna práctica relacionada con este ejercicio, solamente el paso de una charca durante una instrucción física en ropa de gimnasia y por un lugar donde no era necesario nadar, ya que se hacía pie".

Muertes "previsibles y evitables"

"Faltó el más elemental deber de cuidado que se puede exigir a quien se encuentra al mando y organización de un ejercicio de instrucción. No hubo una mínima valoración del riesgo. Tampoco se demostró la mínima pericia profesional, ya que quedó de manifiesto el desconomcimiento absoluto de la situación planificada, de los materiales y del procedimiento a realizar", argumenta el juez, de manera muy crítica, en su auto.

Concluye además que la conducta del capitán al mando de la compañía debe ser reprochable puesto que "el resultado era previsible y evitable". "Como responsable de la práctica, debió de haber velado por la integridad de los componentes", concluye el togado.

La cuerda no era apta

También advierte el magistrado que la cuerda que se utilizó "no es apta" para la función pretendida por sus características. Se trata de un cordel de nueve milímetros de grosor, que solo podría servir -argumenta- "como guía o arrastre". "Su uso para emergencia dando auxilio a la flotabilidad solo sería posible con un único usuario, como mucho dos", expone el magistrado en el auto de procesamiento.

Es más, la "inexistencia absoluta de medidas de seguridad, la improvisación y el desorden producido" no causaron consencuencias más graves "por la conducta mitigadora" de los soldados que acudieron al salvamento. Un aspecto que, como censura el juez, también fue "ajeno" a la previsión del capitán responsable de la maniobra.

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