Un empresario de Córdoba afectado por la crisis inmobiliaria consigue el perdón de 900.000 euros
El proceso ha sido llevado íntegramente por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad
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Córdoba/El Juzgado de los Mercantil número1 ha exonerado a un empresario cordobés afectado por la crisis inmobiliaria del pago de 900.000 euros. Además, el empresario mantiene su vivienda. La quiebra de su negocio durante la crisis económica de 2008 le generó una deuda significativa, tal y como informan desde la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que se ha encargado de todo el proceso, aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad.
Desde el colectivo detallan que "la recesión económica afectó gravemente a su empresa, lo que llevó a la quiebra del negocio y generó una deuda considerable que, lamentablemente, no pudo liquidar debido a la magnitud de los problemas financieros que surgieron en ese periodo".
Tras la quiebra, añaden, llegaron largos y continuos períodos de desempleo, lo que agravó aún más su capacidad para hacer frente a la deuda acumulada. "Durante esos años sin trabajo, este hombre se vio en la imposibilidad de generar los ingresos necesarios para cumplir con sus compromisos financieros, lo que lo llevó a una espiral de endeudamiento cada vez más difícil de controlar", apuntan desde el colectivo.
La Asociación de Ayuda al Endeudamiento subraya que “también fue determinante la hipoteca solicitada durante el boom inmobiliario”. Además, “los altos intereses contratados y la caída de los precios de la vivienda dieron lugar a una situación de insolvencia, que intentaron en su día amistosamente la dación en pago”.
Estudiado el caso con minuciosidad, los letrados de la Asociación les aconsejaron comenzar el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad, procedimiento por aquel entonces casi desconocido en España.
"La estrategia a llevar estaba clara: solicitar la cancelación de la deuda pendiente manteniendo la vivienda en propiedad, la cual era necesaria para la vida de la familia. Con el inicio del procedimiento el deudor podía dejar de pagar sus préstamos y seguir disfrutando de su vivienda mientras durase el procedimiento", explican desde el colectivo.
El proceso tiene unos pasos marcados: se presenta la demanda de concurso en los Juzgados competentes solicitando la apertura de un concurso de acreedores. En este punto, los letrados lograron dejar a parte la vivienda del deudor, dado que la carga hipotecaria era muy cuantiosa. na vez gestionada esta fase, se procede a solicitar el perdón deuda pendiente justificando que el deudor cumplía con los preceptos que marca la legalidad vigente.
Finalmente, el juzgado dictó la sentencia de exoneración dejando sin efecto los 899.800,95 euros que debían los concursados. Desde ahora, los acreedores de los asociados no pueden reclamar nada más ni incluir al exdeudor en ficheros de morosos.
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