Entra en vigor la prohibición de nuevos pisos turísticos en Córdoba: no habrá más ni en el Centro ni en el Distrito Sur

Moratoria

Quedan suspendidas "toda clase de aprobaciones, autorizaciones, licencias urbanísticas y declaraciones responsables de viviendas de uso turístico" durante tres años

Los apartamentos turísticos de Córdoba marcan un febrero histórico con más de 10.000 clientes

Turistas junto a la Mezquita-Catedral.
Turistas junto a la Mezquita-Catedral. / Miguel Ángel Salas

Córdoba/Ni en el Centro ni en el Distrito Sur de Córdoba se otorgarán licencias para nuevos pisos turísticos desde ya. La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) este miércoles, 2 de abril, del trámite de innovación urbanística que, en la práctica, supone dejar de otorgar permisos hace realidad una medida largamente anunciada por el Ayuntamiento cordobés para poner coto al exceso de inmuebles orientados al alquiler a turistas. Así, desde este miércoles, se suspenden "toda clase de aprobaciones, autorizaciones, licencias urbanísticas y declaraciones responsables de viviendas de uso turístico en los distritos Centro y Sur, durante el plazo de tres años", según consta en el anuncio oficial.

En el Centro, los barrios afectados son los siguientes:

  • Mezquita-Catedral
  • San Basilio
  • San Francisco-la Ribera
  • San Pedro
  • El Salvador y la Compañía
  • La Trinidad
  • Santa Marina
  • San Miguel
  • Capuchinos
  • Santiago
  • San Andrés y San Pablo
  • La Magdalena
  • Huerta del Rey
  • Vallellano
  • San Lorenzo
  • El Campo de la Merced y Molinos Alta
  • Ollerías
  • Cerro de la Golondrina
  • El Carmen

En el Distrito Sur, no se podrán abrir nuevos pisos turísticos en los siguientes barrios:

  • Campo de la Verdad-Miraflores
  • Fray Albino
  • Sector Sur
  • Barrio del Guadalquivir

El alcalde, José María Bellido, ya subrayó la semana pasada que existía la "sensación ciudadana, política y social" de que estaban proliferando "demasiado" este tipo de alojamientos, tal y como luego ha confirmado el estudio elaborado por una consultora a petición del Ayuntamiento. El informe detectó que en el entorno de la Mezquita-Catedral el 40% de las viviendas están ya destinadas a turistas, un uso que, desde ese corazón, aminora en círculos concéntricos, de manera que la presión "bajaba" pero "seguía siendo muy elevada" en numerosos barrios de los Distritos Centro y Sur. "El estudio nos recomendaba limitar las viviendas de uso turístico en esos dos distritos, y es lo que hacemos ahora", incidió el primer edil, quien recordó que a partir de ahora se fija un límite máximo deseable de un 5% de viviendas para turistas en los barrios.

Así, advirtió de que el índice es "dinámico", por lo que en el momento en que se aprecie que los alojamientos temporales superan esa recomendación en otras zonas de la ciudad se ampliará la moratoria en todo el distrito para evitar "el efecto fuga" de unos barrios a otros.

Bellido asumió que el 5% es una "cifra exigente" teniendo en cuenta todo el parque de viviendas de Córdoba, de más de 150.000 unidades habitacionales; el informe de la consultora sitúa en unos 3.000 los pisos turísticos. "Es un volumen pequeño, pero no queremos que ese impacto se produzca de forma muy concentrada en algunos barrios, porque entonces sí sería un problema", ha insistido Bellido, quien recordó que algunos barrios aún no tienen ninguna vivienda para turistas y que en otros hay un volumen "casi insignificante". Por tanto, se estaban produciendo "impactos muy concentrados en determinados barrios", que es lo que ahora quiere corregir el Ayuntamiento con su moratoria. El alcalde calculó que, en el plazo de tres años, la innovación estará aprobada de manera definitiva.

En todo el 2024, la Gerencia de Urbanismo tramitó 714 expedientes de viviendas turísticas y en el primer trimestre de este 2025 ya se han registrado 195, lo que, según el Ayuntamiento, "evidencia un incremento sostenido". Con el consenso de la Junta de Andalucía y después de que el Tribunal Supremo afirmara que "no solo es posible" que un Ayuntamiento limitase las licencias de este tipo de viviendas, "sino que resulta necesario que sean los municipios los que determinen las concretas exigencias territoriales y de compatibilidad urbanística para el desarrollo de esta actividad", el Consistorio cordobés ha dado el paso de aprobar la moratoria.

Más de 350 viviendas canceladas en Córdoba

Junto a esta medida, la Junta de Andalucía también está poniedo un filtro a estos negocios. De hecho, la Consejería de Turismo ha cancelado la licencia de un total de 437 viviendas para uso turístico en la provincia desde 2024 en aplicación de las medidas de control, regulación y ordenación impulsadas por la administración autonómica en coordinación con los ayuntamientos andaluces. De todo este volumen, un total de 358 se localizan en la capital. La cancelación de la licencia puede implicar la imposibilidad de una nueva alta para la misma vivienda por un plazo de un año. Además, en la nueva Ley de Turismo esta infracción será considerada como muy grave y tendrá una sanción de entre 100.000 y 600.000 euros.

La Consejería destaca que las denuncias y comunicaciones recibidas a través del buzón de colaboración ciudadana en materia de lucha contra la clandestinidad están derivando en la apertura de los correspondientes procedimientos sancionadores. A todo ello, se suma la futura puesta en marcha del proyecto Scraping, un proceso por el que se extrae información de sitios web de forma automatizada, a través del cual los inspectores podrán detectar VUT que sin contar con el correspondiente número de Registro de Turismo de Andalucía se encuentran en las principales plataformas.

Requisitos que debe cumplir una vivienda de uso turístico

En 2024, la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte modificó varias disposiciones en materia de viviendas de uso turístico en la comunidad autónoma de Andalucía. Estas viviendas turísticas deben cumplir con la normativa de ordenación urbanística municipal en Andalucía. Asimismo, su inscripción en el registro de turismo de Andalucía deberá comunicarse con carácter inmediato por la administración turística a los ayuntamientos correspondientes.

Las dimensiones mínimas construidas serán 14 metros cuadrados por cada plaza que oferte, conforme a la superficie construida de uso principal que conste en la Sede Electrónica del Catastro. Si las plazas son superiores a cinco deberá disponer de al menos dos baños, mientras que si supera las ocho plazas, el número mínimo de baños ascenderá hasta tres.

Los dormitorios y salones tendrán ventilación directa al exterior y un sistema de oscurecimiento de las ventanas. No obstante, este requisito no es exigible si la Administración local o autonómica eximen de su cumplimiento por motivos de protección arquitectónica. Las cocinas y cuartos de baño tendrán ventilación directa o forzada. Las construcciones tipo cueva se ajustarán a lo previsto en la normativa territorial y urbanística.

Tienen que disponer de refrigeración en las habitaciones y salones cuando el período de funcionamiento comprenda los meses de mayo, junio, julio y agosto. También deben disponer de calefacción en las habitaciones y salones si el periodo de funcionamiento comprende los meses de diciembre, enero, febrero y marzo, sin que en ningún caso sean admisibles los elementos incandescentes ni de combustión de líquidos o gases inflamables.

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