La tribuna
Voto de pobreza
¿Por qué la protección jurídica de los valores ambientales en el conjunto de Sierra Morena se interrumpe precisamente en el término municipal de Córdoba? Esta pregunta lleva haciéndosela ya algún tiempo un grupo de personas que no entiende cómo no tiene consideración de Parque Natural de Andalucía la parte de sierra del término municipal de Córdoba. "No se trata de una nueva reivindicación; es algo que ya viene de años", detalla el abogado especialista en Derecho Ambiental Ángel Gómez Puerto, una de esas personas que junto con los catedráticos de la Universidad de Córdoba Bartolomé Valle Buenestado y José Roldán Cañas y el histórico ecologista cordobés Bartolomé Olivares promueve la declaración. "Recogemos una histórica reivindicación del movimiento ecologista planteada en la última década del pasado siglo", apunta.
"Consideramos que la protección jurídica de los valores ambientales en el conjunto de Sierra Morena se interrumpe precisamente en el término municipal de Córdoba de manera incomprensible, pues no hay razones para ello, dado que los valores ambientales a proteger son similares al resto de ese espacio homogéneo que recorre el Norte del Valle del Guadalquivir, desde el Parque Natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche en la provincia de Huelva por el Oeste hasta el Parque Natural de Sierra de Andújar en la provincia de Jaén por el Este, pasando por los parques naturales cordobeses de Hornachuelos y Cardeña-Montoro", detalla el abogado. E insiste en que no hay razón para que la Sierra de Córdoba se quede atrás, aislada y desconectada desde el punto de vista de la protección ambiental, "sin parque natural".
Gómez Puerto destaca que la declaración de Parque Natural generaría indudables beneficios y oportunidades para un nuevo modelo de desarrollo económico que conecta el patrimonio cultural y el natural de Córdoba. "Beneficiaría a la creación de empleo, la educación medioambiental, la promoción de los productos propios de agricultura y ganadería y traería consigo mayores garantías de protección de la sierra o una prevención mayor para evitar incendios", destaca. Además, defiende que la consideración de Parque Natural tendría también consecuencias positivas en materia de ordenación y límites "que supondrían instrumentos jurídicos de desarrollo, como el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión".
Puestos ya a trabajar, el grupo de promotores lo tiene claro. Gómez Puerto explica que en función del inventario previo de valores ambientales de la sierra que habría que elaborar y la delimitación de las zonas con mayor o menor protección, se establecerían las medidas de ordenación y límites de uso correspondientes en materia de mantenimiento adecuado y no impactante de las construcciones (viviendas), visitas al espacio natural, presencia de vehículos a motor, actividades cinegéticas, aprovechamientos ganaderos o actividades agrícolas, acampadas o zonas de baño. No se trata de prohibir, sino de ordenar la presencia humana en el espacio natural. Y todo ello gestionado por una junta rectora con amplia participación de colectivos sociales y ciudadanos.
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