Un jubilado cordobés recupera más de 8.000 euros por reclamar el complemento por maternidad
Sentencia
La Sala de lo Social 3 de Córdoba ha ratificado su derecho a recibir este complemento en su pensión desde el 1 de septiembre de 2016, fecha de su jubilación
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Un jubilado cordobés, asistido por Unive Abogados, ha obtenido un significativo triunfo en su lucha por el reconocimiento del complemento por maternidad, en conformidad con el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). La Sala de lo Social 3 de Córdoba ha ratificado su derecho a recibir este complemento en su pensión desde el 1 de septiembre de 2016, fecha de su jubilación.
A pesar de la oposición del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que argumentaba que el derecho había prescrito debido al transcurso de más de cinco años, el tribunal ha reafirmado que el complemento no está sujeto a prescripción, de acuerdo con el artículo 212 de la LGSS, citando también criterios adoptados por los Tribunales Superiores de Justicia de Asturias, Galicia o La Rioja.
El resultado se traduce en que el cliente recuperará aproximadamente 8.350 euros en retroactividad total, calculados desde la fecha de su jubilación hasta la fecha establecida por la sentencia de primera instancia. Asimismo, supone un aumento vitalicio del 10% en su pensión.
Pedro Antonio Cabello, director de Unive Abogados en Málaga, donde se gestionó este caso, subrayó que "esta decisión judicial fortalece la posición previamente adoptada por otros tribunales superiores de justicia, proporcionando una guía clara para la obtención del complemento por maternidad en la pensión". También recalcó que "en el contexto actual, solo aquellos que hagan valer su legítimo derecho de presentar reclamaciones pueden esperar acceder a este complemento".
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