La Manada se considera "inocente" de los abusos de Pozoblanco y se niega a declarar
Juicio de la Manada
La defensa solicita que se invalide el vídeo que probaría el supuesto episodio de abusos
El juez demora a la sentencia la consideración como prueba de la grabación del móvil del Prenda
La vista continúa mañana martes con la comparecencia de una quincena de testigos
Los cuatro integrantes de la Manada procesados por supuestos abusos sexuales a una joven en Pozoblanco se han declarado "inocentes" instantes antes de negarse a responder a las preguntas de las partes, incluido a su propio abogado defensor, en la vista que ha arrancado este lunes en la Ciudad de la Justicia de Córdoba. Tras las cuestiones previas planteadas, ha llegado el turno de la declaración de los procesados: Antonio Manuel Guerrero, exguardia civil destinado en Córdoba; Jesús Escudero, el peluquero; José Ángel Prenda y Alfonso Jesús Cabezuelo, el exmilitar. La Fiscalía solicita siete años de prisión para cada uno de ellos.
El titular del Juzgado de lo Penal número 1, Luis Santos, ha solicitado que se pongan en pie para preguntarles si reconocen los hechos que se les imputan y si se consideran culpables. "Inocentes", han dicho de manera algo confusa. Luego, uno a uno, se han acogido a su derecho a no declarar, por lo que la vista se ha interrumpido hasta mañana martes, cuando está previsto que comparezcan una quincena de testigos, incluida la denunciante.
La primera jornada de la vista se ha centrado por tanto en las cuestiones previas, auténtico nudo gordiano del caso. Como se esperaba, el protagonismo ha sido del abogado defensor, el mediático Agustín Martínez Becerra, quien como ya había avanzado días atrás ha solicitado que se suspenda la vista hasta que el juez resuelva la validez como prueba del vídeo obtenido en el móvil del Prenda donde se recogerían los supuestos abusos, pues las imágenes "son las que dan base probatorio a los delitos de los que son acusados". "En la búsqueda de la verdad material no todo es válido o lícito, sino que se exige un respeto a los derechos fundamentales de todos los ciudadanos", ha argumentado el letrado, quien considera irregular su obtención. Y ha recordado que "no existía autorización judicial para investigar nada del teléfono fuera de los hechos del día 6 en Pamplona". "Es un ejemplo paradigmático de un exceso policial", ha expuesto.
Martínez Becerra ha expuesto que el juez instructor intentó "subsanar de manera malintencionada" el descubrimiento del vídeo de Pozoblanco, por lo que lo ha acusado de "construir" una "hábil operación" que situó a Pozoblanco "entre Tafalla y Estella", como un municipio más de Navarra.
"Así, envía a dos policías forales a localizar a la chica, le enseñan el vídeo y consiguen que ella denuncie". Fue el 17 de septiembre de 2016. "Aparte de llevarse el preciado trofeo de la denuncia, no se les ocurre mejor cosa que extraerle dos pelos para ver si tenía burundanga". Los cabellos fueron remitidos al Instituto Nacional de Toxicología, pues "es la única manera que tenían para justificar su actuación". Posteriormente, la Audiencia de Navarra "saneó" un sumario "absolutamente viciado" por datos que no tenían nada que ver con Pamplona, como éste de Pozoblanco. "No hay ni un documento en el expediente que se haya obtenido sin tener en cuenta los teléfonos móviles", ha lamentado el letrado, quien ha asegurado que "este es el momento procesal oportuno para determinar si existe o no causa de licitud de las diligencias probatorias que dan pie al caso".
El fiscal Jesús Aparicio ha rebatido que la defensa "omite" el consentimiento de los cuatro acusados para que la Policía Navarra inspeccionase sus teléfonos móviles, hasta el hecho de que fueron ellos mismo quienes suministraron las claves de acceso a los terminales. Y posteriormente, durante la instrucción, tampoco lo hicieron. "Y todavía no consta la revocación del consentimiento en el expediente", ha argumentado el representante del Ministerio Público. Así, no existiría vulneración de derechos fundamentales.
La letrada de la asociación Clara Campoamor también ha dado validez al hallazgo del vídeo sobre los supuestos abusos en Pozoblanco y ha considerado que fue "urgente" iniciar la investigación por una "flagrancia delictiva". "No se trata de ver qué nos llama la atención, sino de unos hechos delictivos que requieren de una instrucción. No es el árbol envenenado y los agentes forales hicieron magníficamente su trabajo. Donde haya una víctima, tiene que darle las armas procesales. La chica no denunció porque tenía muchísimo miedo y no sabía quiénes eran", ha expuesto la acusación popular, que ejerce la letrada Patricia Catalina.
El abogado de la acusación, Blas Arévalo, ha citado diversos documentos incluidos en el sumario donde se autorizaría a la Policía a registrar los teléfonos móviles, por lo que ha considerado "lícita" la consideración de la prueba. Ha repasado igualmente jurisprudencia del magistrado de la Audiencia Nacional Manuel Marchena.
Tras un receso de 15 minutos, el juez Luis Santos ha optado por demorar a la sentencia la resolución sobre la validez del vídeo como prueba por la imposibilidad de profundizar sobre la marcha en esta materia y ha decidido continuar con la vista, tal y como estaba señalado. Ha recordado, no obstante que el letrado nunca impugnó la prueba. Martínez Becerra ha formulado protesta.
Respecto a la alteración del orden de las declaraciones como también proponía la defensa, de manera que los testigos declaren antes, lo ha descartado al entender que los procesados conocen "perfectamente" lo que se les imputa a través de los distintos autos que se les han notificado y porque, asimismo, tienen el derecho a la última palabra al término de la vista. Ha pernitido, eso sí, que durante la declaración se sienten junto a su abogado, como ellos mismos han pedido, aunque finalmente no ha sido necesario. El juez Santos ha recordado igualmente que la declaración de la "presunta víctima" se haga sin que exista "confrontación visual" con los procesados, quienes ocupan la bancada de la izquierda de la sala.
Un episodio de autolisis el pasado agosto
La letrada de la acusación popular, que ejerce la Asociación Clara Campoamor, Patricia Catalina, ha adjuntado como cuestión previa unos documentos relativos a unos hechos ocurridos el pasado 27 de agosto, cuando la víctima tuvo que acudir a urgencias por un episodio de autolisis. Ninguna parte se ha opuesto a incluirlo en la causa, aunque el letrado defensor, Agustín Martínez, ha expresado su sorpresa por que sea la acusación popular y no el letrado de la denunciante quien aporte ahora estos detalles, que el juez ha admitido.
Temas relacionados
No hay comentarios