El juez mantiene la suspensión de los servicios prioritarios del Consistorio
El Juzgado de lo Contencioso número 3 de Córdoba ha rechazado el recurso presentado por el Ayuntamiento contra las medidas cautelares que dictó en su momento a petición de la Abogacía del Estado para suspender el acuerdo de la junta de gobierno local en el que se declaraban los servicios prioritarios. La Delegación del Gobierno de Andalucía recurrió este acuerdo en su momento, tras lo cual la Abogacía del Estado solicitó al Juzgado como medida cautelar la paralización de la iniciativa, que fue aceptada. El gobierno municipal recurrió pero el tribunal ha rechazado la propuesta, lo que significa que el Ayuntamiento no podrá contratar personal de forma temporal en los servicios que no sean esenciales. La Abogacía del Estado argumentó en su momento que la propuesta podía incrementar el gasto público y superar así los límites del déficit público impuestos por la ley española. En el acuerdo, rubricado en febrero de 2016, se delimitaron 12 servicios esenciales -que vienen declarados por la normativa- y que son el alumbrado, transporte, cementerio, Bomberos, Servicios Sociales, instalaciones deportivas, recogida de basura y limpieza, parques y medio ambiente urbano, donde la tasa de reposición puede ser del 100%. En cuanto a los prioritarios, donde la ley permite una tasa de reposición del 50%, el Ayuntamiento blindó todos los servicios e incluyó desde Juventud a Educación e Infancia, Promoción de la Ciudad, el Festival de los Patios, Educación, Mercados, Salud y Consumo, Cultura, Turismo, Movilidad, Gestión, Disciplina, inspecciones y licencias urbanísticas, el Archivo municipal y los museos, la Asesoría Jurídica, Recursos Humanos, Planificación y gestión económico financiera o Seguridad Ciudadana y Vía Públicas. El Ayuntamiento también tuvo en cuenta los departamentos más técnicos. A tenor de este acuerdo el Consistorio pretendía contratar a los porteros en los colegios o a los ordenanzas en los museos, por ejemplo. El juez reconoce en su valoración que, en este caso, debe prevalecer el interés general de todas las administraciones de mantener la estabilidad presupuestaria al interés, también público, del Ayuntamiento del funcionamiento óptimo de sus servicios públicos. Pese al rechazo de las medidas cautelares, el procedimiento sigue su curso y el juicio se celebrará previsiblemente en el mes de abril.
La decisión del juez llega el mismo día en el que los trabajadores municipales defendieron el empleo público con una manifestación hasta la Subdelegación del Gobierno. Unas 200 personas participaron en la protesta, convocada por el comité de empresa y l junta de personal municipal, cuyo presidente, Francisco Moro, lamentó que "la Subdelegación del Gobierno ha impugnado los servicios esenciales y prioritarios, así como las convocatorias de interinidades en el Consistorio, y pone todos los obstáculos para cubrir mínimamente los servicios públicos municipales". Moro criticó las imposiciones de la ley de racionalización local y que también se haya impugnado las 35 horas semanales. Para el comité de empresa, demás, "el gobierno municipal de PSOE e IU no está siendo reivindicativo en cuanto a la creación de empleo y la destrucción de los servicios municipales" por lo que la reivindicación "tiene todo el sentido.
El responsable de Servicios Públicos de UGT, Isaías Ortega, aseguró que desde 2013 se han perdido "700 empleos en los ayuntamientos" de la provincia de Córdoba sin contar con las empresas públicas, consorcios y demás organismos públicos. Con esta situación es "imposible crear empleo público de calidad y prestar mejor los servicios". Ortega reivindicó que "seguiremos con las movilizaciones hasta que se puedan recuperar las condiciones de trabajo" públicas anteriores a la ley de racionalización.
1 Comentario