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Mikel Lejarza
Toulouse
Administración de Justicia
Al menos, dos magistrados más para las secciones Penales y otro más para la de Civil. Es la petición que hace el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para Córdoba en la memoria anual correspondiente al ejercicio de 2018 que presentó ayer.
La memoria recoge que a lo largo del año pasado la Audiencia Provincial –que cuenta con seis magistrados titulares– ingresó 2.959 asuntos penales, de los que se resolvieron 2.838. Estos datos representan que la tasa de asuntos ingresados por magistrado y año es “bastante superior, lo que permite hablar de la necesidad de ampliar en dos magistrados la plantilla en este orden jurisdiccional y mantener, entre tanto, las dos comisiones de servicio con relevación de funciones, como refuerzo necesario”, señala. En concreto, cada magistrado se hizo cargo de 370 ingresos.
El documento, además, muestra que en la Audiencia se registraron 1.803 asuntos en materia civil (un 9% más que en 2017) y se resolvieron 1.307 (similar al año anterior). Así, el Alto Tribunal destaca que “la pendencia civil a final de año ha aumentado su valor, como consecuencia de haber resuelto menos asuntos de los ingresados”.
Mientras, la carga de trabajo civil de la Audiencia llegó a los 2.612 asuntos (pendientes a principio del ejercicio más registrados), de los que se han resuelto el 50% a lo largo del año. Así, de los 1.775 recursos civiles iniciados –el 45% a juicios ordinarios– el 19% corresponde a apelaciones de autos y a familia, cada uno, el 9% a juicios verbales y el 7% a resoluciones del Juzgado de lo Mercantil.
Además, se han dictado 1.237 resoluciones civiles, que se distribuyen en 832 sentencias y 405 autos. De estos, 391 han resuelto recursos, de los que el 40% se han clasificado en estimatorios, 51% desestimatorios y 9% anulatorios.
El TSJA asegura también que la actividad penal de la Audiencia Provincial de Córdoba “ha seguido una evolución paralela a lo largo del tiempo, es decir, se resolvía una cantidad similar de asuntos a los ingresados, lo que ha permitido que la pendencia penal se mantenga durante mucho tiempo en un nivel muy razonable”.
Indica también que la Sección Segunda ha resuelto, aproximadamente, los mismos asuntos que ha ingresado, mientras que la Tercera ha resuelto menos asuntos de los ingresados por lo que su tasa de resolución es menor. El tiempo de resolución de los asuntos pendientes, como regla general, gira en torno a un mes en la Sección Segunda y a tres meses en la tercera. La Sección primera, con competencia civil, ha resuelto todos los asuntos penales pendientes.
El Alto Tribunal también advierte de que “aunque se puede hablar de una buena labor resolutiva en la jurisdicción civil, en los últimos años se han registrado más asuntos de los que pueden resolverse y aumenta el nivel de pendencia y, en consecuencia, el tiempo de resolución” y establecer que los asuntos civiles pendientes “se resolverán en doce meses”.
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