La nueva ordenanza del comercio ambulante de Córdoba contempla la concesión de licencias por 15 años
Municipal
El anteproyecto contempla la prohibición de la venta de animales vivos en los mercadillos
El Ayuntamiento de Córdoba va a modificar la ordenanza del comercio ambulante de la ciudad, que data de 2012 y que, además, "no se encontraba totalmente ajustada a la propia ley del comercio ambulante, que también era del año 2012 y necesitaba determinados ajustes para hacerla totalmente operativa", según ha explicado el delegado del ramo, Antonio Álvarez.
Hasta el momento, ha indicado, se trata de "un anteproyecto" y ha reseñado que esperan que el mismo salga adelante de manera definitiva "consensuado y que ofrezca todas las garantías".
Pero, ¿cuáles son algunas de las modificaciones que se han introducido? Pues una de ellas es que la concesión de las licencias serán por un plazo de 15 años, frente a los cuatro actuales. Además, las licencias se renovarán por una acreditación responsable de manera anual, que los interesados podrán presentar entre el 31 de octubre y el 31 de diciembre, y no entre el 1 y el 31 de enero de cada año como hasta la fecha. ahora del 31 de octubre al 31 de diciembre
Otra de los cambios incluidos es la diferenciación entre el comercio callejero -que son los mercadillos de fijos- del comercio de temporada, que son los que se ubican con motivo, por ejemplo, de la Navidad o la Semana Santa. A los que se suman el comercio itinerante -como los carritos de zumos- y el comercio de mercadillo.
Además, según Álvarez, se introduce una "fórmula novedosa", que consiste en la reserva de puestos del Ayuntamiento: dos en aquellos mercados que tienen menos de cien puestos de ventas y cuatro en los que se superen el centenar "para poder utilizarlos en momento determinado para que desempeñen la actividad personas con alguna discapacidad o estén en riesgo de exclusión social". Al respecto, ha subrayado que estos puestos "no crean derechos, ni expectativas ni indemnización".
A todas estas novedades se suma el hecho de que en los mercadillos no se podrán vender animales vivos y sí alimentos como carne o pescado, al quedar "autorizada la venta de productos alimenticios en general", según ha expuesto.
El edil, además, ha señalado que se han introducido cambios en las delegaciones que podrán dar las autorizaciones a los comerciantes, según el producto que vendan. Por ejemplo, para la venta de castañas, higos o zumos será la Delegación del Comercio la encargada de concederlas, mientras que para la venta de caracoles o churros, al ser alimentos preparados, será el área de Vía Pública.
Además, Álvarez ha detallado que se van a establecer nuevos emplazamientos para el comercio de temporada, como es el caso de los puestos de Semana Santa, tras el cambio de la carrera oficial al entorno de la Mezquita-Catedral.
"Con esta modificación de la ordenanza se pretende poner al día la duración las autorizaciones, los aspectos normativas de la propia ordenanza y adaptarla a ley del comercio ambulante en Andalucía", ha anotado.
Este cambio, además, permitirá al Ayuntamiento de Córdoba optar a las ayudas del sector que hasta la fecha no podía porque no contaba con el informe favorable necesario.
El Ayuntamiento abre ahora un plazo de diez días de alegaciones y, tras ello, se comenzará el proyecto de tramitación de la modificación de la ordenanza. Álvarez ha anotado confían en que para finales de año la ordenanza esté aprobada y descarta cambios de emplazamientos de los mercadillos habituales.
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