Dos años de prisión por cobrar la pensión de su madre muerta durante 20 años en Córdoba
Sentencia
El TJSA condena a una mujer a una multa de 140.000 euros y a indemnizar a la Seguridad Social con 103.000 euros
Siete años de cárcel para un hombre por posesión de armas y drogas en Córdoba

Córdoba/El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena a dos años de prisión a una vecina de Córdoba que cobró durante dos décadas la pensión de viudad de su madre tras el fallecimiento de esta. El alto tribunal considera a la procesada autora de una delito de fraude de prestaciones de la Seguridad Social, y la obliga a pagar una multa de 140.328 euros a y indemnizar al Estado en la suma de 103.869 euros.
La resolución, que ratifica una sentencia anterior de la Audiencia de Córdoba, considera probado que la acusada, "con el propósito de hacer suyas las cuantías procedentes de la pensión de viudedad de la que era perceptora su madre", desde el fallecimiento de la mujer, ocurrido el 22 de diciembre de 1998, y hasta el mes de abril de 2019, no comunicó a la Seguridad Social el óbito. Así, pudo disponer "a su antojo" las sumas correspondientes que se ingresaron en una cuenta corriente abierta en vida de su progenitora, de la que era titular la fallecida y en la que la encausada se encontraba facultada para operar como autorizada.
La sentencia expone que, debido a su "conducta omisiva", la ahora condenada "se apoderó" de una suma que en total asciende a la cantidad de 149.328 euros, que empleó total o parcialmente "en su beneficio".
Era consciente de que "no le pertenecía"
Los magistrados argumentan que no ha existido a lo largo de todo el procedimiento "ni una sola prueba, más allá de su muy diluida declaración, capaz de otorgar la más mínima verosimilitud a la tesis de que ella creía que estaba cobrando la pensión por derecho propio y derivada de una contingencia distinta a la que le correspondía en vida a su progenitora". Así, "por más que se invoque a las circunstancias personales y su escasa formación", para el TSJA "resulta evidente que si esta ya pudo saber que al fallecer su madre había de ser regularizado lo relacionado con la pensión de viudedad que cobraba, no pudo ser inconsciente durante más de 20 años, como no fuera de una manera deliberada, de que estaba cobrando algo que no le pertenecía".
"Antes al contrario", razona la sentencia del alto tribunal, que considera probado que la denunciada recibía cada mes la documentación correspondiente a la pensión a favor de su madre ya fallecida en la cuenta, de la que ella podía disponer como autorizada que era y "así lo hizo durante un lapso temporalmente tan extraordinariamente dilatado".
En definitiva, para los magistrados "ni existió error alguno por parte de la condenada en la instancia, ni el tribunal que dictó la sentencia incurrió en una errónea valoración probatoria, ni se vulneró el derecho a la presunción de inocencia de la mujer ante la existencia de una más que suficiente prueba de cargo que acredita, lejos de cualquier duda, la culpabilidad de la misma".
También te puede interesar
Lo último