La escolarización arranca marcada por el cambio de zonas en Córdoba
El plazo para solicitar plaza en los centros educativos permanecerá abierto hasta el 31 de marzo
Educación aumenta los puntos en la baremación por tener hermanos en el colegio
El proceso de escolarización arranca este 1 de marzo marcado en Córdoba por el gran cambio efectuado en las zonas de distribución de los centros escolares que ha llevado a cabo la Delegación de Educación. Tal y como ya avanzó el Día, la capital va a pasar a contar con siete áreas, frente a las nueve de años anteriores. Otra de las novedades es que la zona Centro desaparece y que todas las áreas contarán con, al menos, un colegio concertado para elegir.
En el proceso participan todos los menores que se incorporan por primera vez al sistema educativo, tanto en centros públicos como privados concertados, así como el alumnado que cambie de centro escolar.
Hasta el próximo 31 de marzo, las familias deberán presentar su solicitud los escolares de segundo ciclo de Infantil, Primaria, Educación Especial, Secundaria y Bachillerato.
La Consejería de Educación ha explicado que continúa publicada, con nuevas mejoras, la aplicación para smartphones que permite realizar consultas de centros así como de los puntos del baremo por domicilio.
Por su parte, los centros educativos tienen que publicar la relación de puestos escolares vacantes, así como la información sobre las direcciones catastrales comprendidas en sus áreas de influencia y áreas limítrofes. Cuando la oferta de plazas coincida o sea superior a la demanda, los solicitantes serán admitidos y solo en aquellos casos donde no se pueda atender toda la demanda, se procederá a la baremación de las solicitudes.
El listado con los puntuación asignada antes del 15 de abril
Cada centro docente tiene que publicar en su tablón de anuncios, antes del 15 de abril, la relación de solicitantes con la puntuación asignada y, a partir de esa fecha, se abrirá un plazo de 10 días lectivos para la presentación de alegaciones.
Si tras la aplicación de los criterios de baremación (hermanos en el centro, domicilio familiar o laboral, renta anual, discapacidad, familia numerosa o monoparental o con dos hijos, guardadores legales con actividad laboral remunerada, matrícula en el primer ciclo de Infantil y expediente académico de Bachillerato) se producen empates, se aplicará el resultado del sorteo público que se celebrará el día 11 de mayo, una vez cerrado el proceso de admisión de solicitudes. La relación definitiva de alumnado admitido y no admitido saldrá el 12 de mayo.
A través del Portal de la Escolarización, en la web de la Consejería de Educación y Deporte, las familias tendrán acceso a la información sobre los centros docentes, enseñanzas y la oferta de servicios complementarios, así como la normativa reguladora y el impreso de solicitud, que se podrá presentar telemáticamente o bien en los propios colegios e institutos. Además, la aplicación APP iEscolariza permite realizar consultas de centros y de los puntos de baremo por domicilio. A través de este dispositivo las familias recibirán notificaciones gratuitas tanto del procedimiento como de su solicitud.
Cambios en la baremación y puntos
Otra de las novedades que ha incluido la Consejería de Educación se centra en la cantidad de puntos que concederá a las solicitudes, aunque mantiene los requisitos:
- Por tener un hermano en el centro, 20 puntos
- La proximidad del domicilio:a) Cuando el domicilio se encuentre en el área de influencia del centro: 14 puntosb) Cuando el domicilio se encuentre en un área limítrofe al área de influencia del centro: 10 puntos
- La proximidad del lugar de trabajo:a) Cuando el lugar de trabajo se encuentre en el área de influencia del centro: 10 puntosb) Cuando el lugar de trabajo se encuentre en un área limítrofe al área de influencia del centro: 6
- La renta per cápita de la unidad familiar según el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem):a) Rentas per cápita inferiores al resultado de dividir entre cuatro el Iprem: 4 puntosb) Rentas per cápita iguales o superiores al resultado de dividir entre cuatro el Iprem e inferiores al de dividirlo entre dos: 3 puntosc) Rentas per cápita iguales o superiores al resultado de dividir entre dos el Iprem e inferiores a dicho indicador: 2 puntosd) Rentas per cápita iguales o superiores al IPREM e inferiores al resultado de multiplicarlo por uno y medio: 1 puntoe) Rentas per cápita iguales o superiores al resultado de multiplicar por uno y medio el IPREM e inferiores al de multiplicarlo por dos: medio punto.
- Por discapacidad o trastorno en el desarrollo.a) La valoración de que el alumno o alumna presenta una discapacidad que alcanza o supera el 33% y es inferior al 66%, o un trastorno en el desarrollo será de 3 puntos. En el caso de que el alumno o alumna tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 66% se otorgarán 4 puntos.b) Por discapacidad de uno o varios tutores o guardadores legales del alumno o alumna que alcance o supere el 33 y sea inferior al 66% se otorgarán dos puntos. En el caso de que tuviese reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 66% se otorgarán 3 puntos.c) En el caso de que uno o varios hermanos o hermanas del alumno o alumna o menores en acogimiento o guarda en la misma unidad familiar tengan reconocida una discapacidad de, al menos, el 33%, se otorgará medio punto por cada uno de los hermanos o hermanas con discapacidad, con un máximo de dos puntos.
- Por pertenecer el alumno o alumna, en los términos establecidos en el artículo 15, a una familia numerosa o monoparental se otorgará la siguiente puntuación:a) Familia numerosa especial: 2,5 puntosb) Familia numerosa general o monoparental: 2 puntosc) En el caso de que en una misma familia coincidan las dos condiciones de numerosa y monoparental se otorgarán 2,5 puntos si la familia numerosa es general y 3 puntos si la familia numerosa es especial.
- También hay criterios nuevos como tener matriculado en el primer ciclo de Infantil a un hijo o hija con la finalidad de fomentar la escolarización en este etapa; guardadores legales con actividad laboral o profesional remunerada y el expediente académico del alumnado para su admisión en Bachillerato.
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