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La Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) ha vuelto a prorrogar un año más la aplicación de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación, Evaluación y Estado Ruinoso de las Edificaciones(Ocrer), que para la Inspección Técnica de Edificios (ITE) de más de 50 años aún continúa tramitando. De hecho, la idea era empezar aplicar sus plazos desde principios de 2024.
El motivo de esta nueva prórroga tiene con que la que ver con la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (Lista) y su reglamento general (Rglista). Estas normas, según la GMU, "han supuesto en materia de conservación, rehabilitación, inspección técnica, y situación legal de ruina urbanística, un punto de inflexión o hito normativo determinante a efectos de ponderar la necesidad, oportunidad y conveniencia de continuar a fecha actual con la tramitación de una ordenanza municipal relativa a dichos conceptos y situaciones. Ello debido a que, a diferencia del marco normativo anterior, el Rglista, en desarrollo de la referida Ley, contiene una exhaustiva regulación de las referidas materias". Lo que supone que incluso se cuestione si la ordenanza que aún se tramita es necesaria o con la norma andaluza no hace falta ya.
Con ese nuevo texto que aún tramita el Ayuntamiento, los edificios de más de 50 años están obligados a pasar esta ITE en base ahora a tres parámetros, sus condiciones de conservación y habitabilidad y ahora también sus condiciones de accesibilidad y de su eficiencia energética. En ese formulario se detallará tanto el estado del edificio como las actuaciones de rehabilitación que se llevarán a cabo en el mismo. En concreto, en la nueva normativa se detalla que "se deberá acreditar mediante la presentación de un informe de inspección técnica, el estado de conservación, el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal (condiciones básicas), y su grado de eficiencia energética".
Según se recoge en el artículo 16 de la normativa, los inmuebles de más de 100 años tendrán 24 meses para presentar, a través de un técnico facultativo, ese formulario de inspección técnica. Si se cumplieran los plazos y la ordenanza entrara en vigor el 1 de enero de 2025, hasta el 31 de diciembre de 2026. El artículo también recoge que para un edificio residencial colectivo de entre 75 y 100 años, ese plazo será de tres años, hasta el 31 de diciembre de 2027; de cuatro años para aquellos inmuebles de entre 50 y 75 años, hasta el 31 de diciembre de 2028; y de cinco años para los menores de 50 años, hasta el 31 de diciembre de 2029.
La normativa asimismo destaca que las viviendas unifamilares están exentas de tener que presentar dicho formulario de ITE, a no ser que pidan ayudas municipales para la rehabilitación. Asimismo, deberán pasar la la ITE las edificaciones declaradas Bien de Interés Cultural y aquellas que estén en su entorno delimitado según la legislación del patrimonio histórico.
Tras su aprobación de la actual ITE en 2012, durante 2013 quedaron obligados a tener la inspección los inmuebles que tuvieran un siglo o más de vida y que se encontraran protegidos por alguna Administración. En 2014 fueron los que tenían más de 75 años y a partir de 2015, aquellos que contaran con más de 50 años.
La ITE deberá presentarse en la Gerencia Municipal de Urbanismo por los propietarios si el edificio en cuestión tiene más de 50 años de antigüedad al año siguiente de cumplir el medio siglo. Ese informe técnico deberá ser renovado diez años después con otra nueva inspección.
Según el nuevo Plan Municipal de Vivienda y Suelo 2023 - 2027, que hizo un diagnóstico del estado de los inmuebles en la ciudad y determinó que el distrito Centro es el que más viviendas tiene peor estado de conservación, concretamente el 34% del total. O lo que es lo mismo, en la ciudad de Córdoba hay en total 3.382 inmuebles en mal estado de conservación, de los que 1.153 pertenecen al distrito Centro.
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