Qué se puede hacer y qué no a partir de este domingo en Córdoba con las nuevas medidas contra el covid-19

Coronavirus

Desde las 00:00 de este domingo 25 de octubre empiezan a aplicarse en la capital varias restricciones para frenar el avance del virus

Las limitaciones se mantendrán durante 14 días, aunque podrán ser revisadas a lo largo de este periodo

Varias personas en una terraza de las Tendillas.
Varias personas en una terraza de las Tendillas. / Juan Ayala
Noelia Santos

24 de octubre 2020 - 20:13

A partir de las 00:00 de este domingo 25 de octubre, empezarán a aplicarse en Córdoba capital una serie de restricciones encaminadas a frenar el avance del coronavirus. Córdoba es la única localidad de la provincia en las que entrarán en vigor las medidas recogidas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del 14 de octubre, elaboradas para intentar contener los contagios sin llevar a cabo restricciones a la movilidad y que han sido ratificadas también por el alcalde de Córdoba, José María Bellido, en un decreto que se presentará al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión ordinaria que celebre y a la Junta de Gobierno Local.

La subida de los casos en la capital se ha disparado en esta segunda ola, tanto que si se tienen en cuenta los límites de casos impuestos por Sanidad para establecer los niveles de riesgo, Córdoba ciudad se encuentra en uno de los más altos. Según los últimos datos actualizados por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA), la tasa de contagios en Córdoba capital es de 480 por cada 100.000 habitantes.

Aunque la tasa que existe en Córdoba capital aún no supera los 500 casos por cada 100.000 habitantes, como sí ocurre, por ejemplo, en Aguilar de la Frontera o Villa del Río, la subida ha sido exponencial durante los últimos días. Últimos días, por otra parte, en los que las restricciones eran mínimas. No se puede olvidar que durante los dos últimos fines de semana, la ciudad ha vivido casi una segunda primavera, con Patios abiertos durante casi dos semanas y un balance final de cerca de 200.000 visitantes.

Ahora, la Junta de Andalucía impone una serie de medidas a llevar a cabo para evitar que la tasa de contagios se dispare y conseguir así retener al virus para no tener que llegar a restricciones mucho más duras (como las que se van a aplicar en Granada a partir del lunes). Serán 14 los días durante los cuales se apliquen las limitaciones, aunque las mismas podrán ser revisadas, por lo que podrá o frenarse antes o todo lo contrario, es decir, extenderse durante más jornadas.

Qué se puede hacer y qué no

Atendiendo al BOJA del 14 de octubre, cuyas medidas son las que se van a aplicar para Córdoba, estas son las cosas que están permitidas hacer en ambos municipios, acompañadas, a su vez, de las que no podrán llevarse a cabo.

Las visitas de familiares y allegados a las residencias de mayores quedan totalmente canceladas y en los velatorios se permitirá un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y de 10 en sitios cerrados (sean o no convivientes).

Los establecimientos y locales comerciales, esto es, tiendas de cualquier índole, no podrán superar el 50% de su aforo y deberán cerrar a las 22:00. Podrán cerrar más tarde las farmacias, los servicios sanitarios y veterinarios y las gasolineras.

Las medidas a aplicar en los bares y restaurantes (las más comentadas y quizá las más llamativas) serán las siguientes: no se puede consumir en la barra y tanto en el interior como en las terrazas el aforo no podrá superar el 50%. Entre mesa y mesa debe haber, como mínimo, un espacio de 1,5 metros, y en cada una de esas mesas no podrán estar sentadas más de seis personas.

También los establecimientos de hostelería deberán cerrar a las 22:00 como muy tarde y el BOJA lo deja claro: las mismas restricciones se aplicarán a las casas de apuestas.

Hasta este sábado 24 los bares podrán cerrar a las 23:59, a partir del domingo ya deberán hacerlo a las 22:00.

Otra medida para estos establecimientos, aunque no recogida en el citado BOJA, será la obligatoriedad de llevar mascarilla todo el rato, aunque se esté sentado en la mesa. Solo podrá quitarse para beber o comer, y después deberá volver a ser colocada.

Por su parte, una de las medidas anunciadas por el alcalde de Córdoba, limita las reuniones de personas "para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos municipales a un número máximo de seis personas, incluidos convivientes, salvo que éstos sean más de seis".

Cierres

Los cordobeses no podrán asistir a las peñas, porque estas deberán permanecer cerradas, así como deberán hacerlo asociaciones de cualquier tipo (gastronómicas, recreativas, culturales...). Tampoco podrán ir al mercadillo, que queda suspendido, ni a parques ni jardines (incluidos en el cierre los columpios). En este sentido, el alcalde ha ordenado el precintado de los parques infantiles y jardines de titularidad municipal y el cierre de la Ciudad de los Niños y las Niñas.

Se podrán celebrar bodas, bautizos y comuniones, pero solo podrá asistir un máximo de 30 personas. En las celebraciones de estos banquetes la limitación será exactamente la misma si es al aire libre o en interior, y todos los asistentes deberán permanecer sentados.

Con respecto a la práctica deportiva, podrá seguir haciéndose (es más, para los gimnasios no hay restricciones nuevas) pero el aforo de los lugares en los que se desarrolle deberá de ser del 50% y los grupos que se formen de un máximo de seis personas. Cabe recordar que también se debe usar mascarilla durante la práctica deportiva.

Más municipios

Aunque Córdoba capital es el único municipio de la provincia donde se aplicarán estas medidas, no es la única localidad andaluza donde se llevarán a cabo. El BOJA publicó el pasado viernes por la noche unas disposiciones concretas para cada uno de los municipios en los que se contemplan las medidas restrictivas del 14 de octubre.

En este caso, además de Córdoba capital, también se llevarán a cabo el municipio almeriense de Los Gallardos; en la provincia de Jaén, a la capital y a los municipios de Baeza y Quesada, y en la provincia de Sevilla, a la capital y a los municipios de Estepa, Lora de Estepa, Gilena, Marinaleda, Herrera, La Roda de Andalucía, Badolatosa, Utrera, Castillo de las Guardas y Pedrera.

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