Estas son las restricciones en Córdoba para frenar la expansión del coronavirus

Sanidad

Salud realizará un cribado de test en la capital y en Aguilar de la Frontera

Los bares y restaurantes tendrán que cerrar sus puertas a las 22:00 a partir del domingo

Dos personas caminan bajo la lluvia por la plaza de la Corredera. / El Día

La expansión del covid en la ciudad de Córdoba ha llevado a la Consejería de Salud y Familias a obligar el cierre de bares y restaurantes a partir de las 22:00. Se trata de una de las medidas que ha anunciado el titular del ramo, Jesús Aguirre, y que se aplicarán una vez que se publiquen en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) este domingo 25 de octubre.

Las medidas llegan después de que la tasa de incidencia en la capital cordobesa del covid-19 se encuentre, según ha explicado, en 387 por cada 100.000 habitantes. No obstante, se trata de una cifra que aún no se ha actualizado porque hasta la fecha la Consejería de Salud y Familias no ha informado del último parte de casos.

Sea como fuere, lo que es cierto es que una vez que se publiquen todas estas medidas, la actividad de la hostelería en Córdoba se va a ver muy resentida tras tener que cerrar sus puertas a partir de las 22:00. Sin embargo, estas no son las únicas medidas que se van a tener que cumplir en la capital cordobesa para intentar frenar la expansión del covid-19.

Así, también se va a realizar un cribado de test en la capital cordobesa y también en el municipio de Aguilar de la Frontera debido al aumento de casos de la última semana.

Los locales comerciales, al 50%

Además, todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el 50% del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00, a excepción de los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales.

La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio. Estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicables a los establecimientos y locales en donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas.

Además, se cerrarán peñas, asociaciones gastronómicas, asociaciones recreativo-culturales y clubes, o establecimientos similares. Lo mismo pasará con los mercadillos. También se suspende temporalmente la actividad en los parques y jardines públicos, así como parques infantiles de uso público.

En el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles y religiosas, el número máximo de participantes será de 30 personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados.

La asistencia a velatorios se limitará a un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 15 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto.

Además, no se permitirán visitas ni salidas a los usuarios en los centros socio-sanitarios de carácter residencial; y podrá practicarse deporte en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido de la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas.

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