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Primera Federación
La Asociación de Futbolistas Españoles ha presentado este lunes las líneas maestras del primer convenio colectivo de la historia en Primera Federación, categoría en la que actualmente se encuentra compitiendo el Córdoba CF. Un documento, por tanto, histórico, que será el que establezca los términos en las relaciones profesionales entre los futbolistas y sus clubes a partir del próximo curso.
Como puntos más destacados de un convenio colectivo que entrará en vigor el próximo 1 de julio se presentan el mínimo de 20.000 euros de salario para la próxima temporada, la garantías de 30 días naturales de vacaciones para los jugadores y una contraprestación económica extra para los jugadores que acaben su etapa en un club habiendo acumulado un mínimo de cuatro años de antigüedad.
"Hoy damos un paso importante y el siguiente será conseguir que esta categoría adquiera la categoría de profesional", aseguró David Aganzo, el presidente de la Asociación de Futbolistas Españoles, en la presentación de las líneas maestras que recoge este primer convenio colectivo para los jugadores de la Primera Federación. Un acto en el que participaron representantes de la mayoría de clubes de la categoría, pero en el que el Córdoba CF no tuvo presencia.
El convenio colectivo que ha conseguido sacar adelante la AFE entrará en vigor el 1 de julio de 2024 y finalizará el 30 de junio de 2026, si bien podrá ser prorrogado temporada tras temporadas si no es denunciado por alguna de las partes implicadas, algo que deberían hacer con tres meses de antelación a la fecha de finalización de su vigencia.
Uno de los puntos clave que han motivado la búsqueda de este convenio colectivo es la garantía de un salario mínimo en la tercera categoría del fútbol español. Así, a partir del próximo curso, los futbolistas que militen en los 40 equipos de la Primera Federación tendrán que percibir un mínimo de 20.000 euros brutos por temporada, que se incrementarán según el IPC en las sucesivas temporadas. Además, para el curso 2025-26, el mínimo se irá ya hasta los 25.000 euros. A satisfacer esas nóminas estarán obligados todos los clubes que perciban un mínimo de 500.000 euros provenientes del organizador de la competición -en este caso la RFEF- en concepto de comercialización de los derechos audiovisuales y comerciales. Una cifra que, actualmente, perciben los 40 equipos que compiten en dicha categoría.
En cuanto a las medidas salariales, destaca también la creación de un premio de antigüedad a percibir por aquellos futbolistas que vean extinguidos sus contratos y que hayan permanecido un mínimo de cuatro años en un club de forma consecutiva. Para estos casos, se establece el 10% del salario anual del futbolista en su último año de contrato. Dicha cuantía se irá incrementado en función del número de temporadas bajo los siguientes baremos: 12,5% para aquellos que estén cinco temporadas seguidas en un club, 15% para los que estén seis, 17,5% para los que estén siete y 20% para los que permanezcan ocho o más cursos de manera seguida en la misma entidad.
En cuanto a los periodos de descanso, el convenio colectivo garantiza para los futbolistas de Primera Federación 30 días naturales de vacaciones o la parte proporcional que les corresponda cuando tengan una antigüedad inferior a un año en su club. De ellos, al menos 21 se disfrutarán de manera continuada y el resto según acuerden ambas partes.
Los futbolistas se garantizan además otro periodo de descanso fijo entre el 23 de diciembre y el 2 de enero, franja en el calendario en la que no se podrán disputar partidos de competición oficial, algo que también queda prohibido para los días concretos del 24, 25 y 31 de diciembre, así como para el 1 de enero.
Otra novedad llamativa conseguida por los futbolistas en este convenio es la contraprestación económica por cesión temporal que recoge el documento. El futbolista tendrá derecho a percibir, como mínimo, el 15% del precio pactado por la cesión temporada a otro club, de la que tendrá que hacerse cargo el club que cede al jugador en cuestión.
Además, en su afán por conseguir un grado de profesionalidad total, los jugadores han conseguido garantizarse sus prestaciones por incapacidad temporal. "El futbolista que durante la vigencia del contrato incurriera en baja por incapacidad temporal, por cualquier causa, tendrá derecho a que su club le complete la prestación de la Seguridad Social o mutua colaboradora con la Seguridad Social hasta el 100% de sus retribuciones, desde el primer día de la baja", especifica el documento.
En ese sentido, también se recoge una indemnización de 40.000 euros a la familia del futbolista si este fallece como consecuencia directa de la práctica del fútbol bajo la disciplina de su club. En caso de producirse una incapacidad permanente total o absoluta, la indemnización pactada será de 10.000 euros.
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