Estepa solo legitima a Unión Futbolística Cordobesa para inscribirse en la RFEF

Córdoba CF

El administrador concursal pide auxilio judicial al juzgado de lo Mercantil ante la posible comisión de un delito penal del consejo de administración de la SAD por solicitar la inscripción

Francisco Estepa (centro) preside la última junta de accionistas del Córdoba CF SAD.
Francisco Estepa (centro) preside la última junta de accionistas del Córdoba CF SAD. / Juan Ayala

El administrador concursal del Córdoba, Francisco Estepa, ha elaborado un informe a petición del Juzgado de lo Mercantil, tras el requerimiento de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) -por haber recibido dos solicitudes de inscripción en el órgano federativo para la temporada 2020-2021-. En ese escrito solo legitima a Unión Futbolística Cordobesa a la hora de inscribir al Córdoba CF en la RFEF. Estepa declara que el Córdoba CF SAD no cumple con los requisitos para ello al carecer de campo de fútbol, jugadores y capacidad económica, como exige la Federación.

El administrador concursal recuerda en su informe que el Córdoba CF SAD se encuentra en concurso por auto de 18 de noviembre de 2019 y que en el momento de la declaración del mismo la situación de la entidad "era más que crítica, con riesgo real de cese de la actividad empresarial y de desaparición de la sociedad". Habla de que el saldo en los bancos de la concursada ascendía en esa fecha a 309,71 euros y en caja "apenas llegada a los 10.000 euros", además de que la deuda era de más de 3,8 millones de euros, con débitos a la Seguridad Social de casi 700.000 euros.

Asimismo, detalla que en el momento de la declaración del concurso se había producido el impago de tres nóminas, corriéndose el riesgo de que cualquiera de los trabajadores pudiera interesar la extinción de su contrato, "con el consiguiente incremento de pasivos de la entidad, al tener los trabajadores denunciantes el derecho a obtener la indemnización señalada por despido improcedente". También habla de que la RFEF dio traslado al club de denuncias formuladas por diversos jugadores que habían llevado el impago de cantidades a la AFE, lo que supuso poner en riesgo la continuidad deportiva de la entidad.

Estepa explica que en este contexto se procedió a autorizar la venta de la Unidad Productiva del club en los términos de la única oferta presentada, la de Unión Futbolística Cordobesa, la cual incluía que una vez terminada la temporada 2019-2020 "los derechos federativos y licencias devendrán en plena titularidad a favor de la compradora. A partir de entonces, la compradora dispondrá de tales derechos para instar su inscripción en los organismos deportivos correspondientes y participar en las competiciones oficiales en los que concurren los equipos que forman parte de la Unidad Productiva como titular de los derechos federativos y de las licencias de los jugadores y técnicos". Esa venta de la Unidad Productiva a Infinity se llevó a a efecto el pasado 5 de diciembre merced a un auto del juez Antonio Fuentes Bujalance.

Respecto a las actuaciones llevadas a cabo por la Administración Concursal para la inscripción en la RFEF de los derechos federativos transmitidos a Unión Futbolística Cordobesa, recuerda que ya informó al órgano federativo el pasado 11 de agosto tanto sobre que no iba a proceder a cursar inclusión alguna a nombre del Córdoba CF SAD, como que colaboraría en todo lo que fuera requerido para que Unión Futbolística Cordobesa pudiera inscribirse legítimamente. "Todo ello en cumplimiento de lo acordado en el contrato de compraventa" de la Unidad Productiva, refiere.

El 31 de agosto, la RFEF publicó en su web los equipos que competirán en la temporada 2010-2021 en la Segunda División B y se incluyó al Córdoba CF como pendiente de resolución con un asterisco por esa duplicidad de inscripciones, la solicitada por Unión Futbolística Cordobesa y la que llevó a cabo el consejo de administración del Córdoba CF SAD, dirigido por Carlos González (Azaveco).

En opinión de Estepa, Unión Futbolística Cordobesa, "la adquiriente de la Unidad Productiva", cumple todos y cada uno de los requisitos marcados por la normativa federativa para competir. "En especial, los requisitos económicos, se encuentra al día en sus obligaciones", reitera. Mientras que en el caso del Córdoba CF SAD insiste en que basta con ver la hoja de inscripción para observar que, por un lado, se exige disponer de campo de fútbol "y en el caso de la SAD el uso de las instalaciones deportivas fue incluido dentro de la Unidad Productiva", y, por otro, tener un número mínimo de jugadores y de cuerpo técnico. "A día de hoy la sociedad no tiene empleados, al haberse subrogado en la totalidad de relaciones laborales la entidad compradora de la unidad productiva", detalla.

También recuerda que la RFEF exige que los clubes estén al día en el cumplimiento de sus obligaciones económicas, entre otros, con otros clubes. "Pues bien, la propia RFEF inició un expediente al Córdoba CF SAD por adeudar al Lugo 250.000 euros, cantidad pendiente de pago hoy en día", reitera.

Estepa insiste en que el actual consejo de administración de la sociedad o la mercantil Azaveco se han atribuido "unas facultades de representación y dispositivas de las que carecen por estar suspendidas por la declaración concursal las facultades de administración y disposición patrimonial y por carecer de todo mandato de representación de la concursada". "En relación a unos bienes y derechos que ya ni siquiera son propiedad de la SAD, han actuado frente a la RFEF como legítimos titulares de los mismos, con el consiguiente peligro para el interés del concurso", advierte.

Por todo ello, la administración concursal pide al Juzgado de lo Mercantil auxilio judicial y que requiera a la RFEF a que dé cumplimiento al auto de de venta de la Unidad Productiva, además de que tenga a Unión Futbolística Cordobesa como sucesora de los derechos federativos y licencias de la SAD para competir la próxima campaña. También pide auxilio judicial para que requiera a la RFEF (y ésta se lo traslade al juzgado) las peticiones y solicitudes cursadas por el consejo de administración del Córdoba CF SAD (o Azaveco en su representación) ante la Federación dirigidas a la inscripción de la sociedad. El administrador concursal demanda que si este auxilio judicial se concede y se confirmaran las actuaciones del consejo de administración de la SAD o de Azaveco esa información se traslade a la Fiscalía por si pudiera ser constitutiva de ilícito penal alguno.

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