Las empresas no podrán pedir un rescate sin un plan de viabilidad
Crisis del coronavirus
Además deberán ser consideradas estratégicas y no podrán abonar dividendos ni pagar primas o variables a sus consejeros.
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Sevilla/Las empresas no financieras consideradas estratégicas que se acojan al fondo de rescate al ver comprometida su viabilidad por la crisis del Covid-19 no podrán abonar dividendos ni pagar primas ni retribución variable a sus consejeros.
Así lo establecen las condiciones y requisitos para acceder a este mecanismo, aprobadas hoy por el Consejo de Ministros, tal y como detalló la ministra portavoz, María Jesús Montero.
El fondo, aprobado 3 de julio por el Gobierno en el marco de las medidas autorizadas por Bruselas para hacer frente al impacto de la pandemia en el tejido empresarial, está dotado inicialmente 10.000 millones, y su objetivo es prestar apoyo público temporal a empresas no financieras afectadas por la pandemia y consideradas estratégicas a nivel nacional o regional.
Condiciones
Según las condiciones de este mecanismo, el procedimiento tiene que iniciarlo la propia empresa afectada mediante solicitud por escrito.
La empresa debe acreditar que cumple una serie de condiciones. Por ejemplo, que su domicilio y centros productivos estén en España; que no estuviera en crisis (ni en concurso voluntario ni en situación de insolvencia) a 31 de diciembre de 2019; que esté al corriente de sus obligaciones tributarias y sin haber sido condenada por cohecho, prevaricación o malversación fondos públicos, y acreditar que sin esta ayuda cesaría en su actividad y tendría graves dificultades para mantenerse a flote.
Además, tiene que justificar que su cese tendría un impacto negativo en la economía y en el empleo regional y presentar un plan de viabilidad a medio y largo plazo con previsión de reembolso de la ayuda estatal.
Entre las restricciones a las que deberá ajustarse, cabe destacar que estas empresas no podrán llevar a cabo una política comercial agresiva ni asumir excesivos riesgos, al igual que tampoco podrán distribuir dividendos, ni los miembros del consejo de administración podrán cobrar primas o retribución variable.
Cantidades
El mecanismo de apoyo a estas empresas se articula bien mediante la concesión préstamos participativos, de deuda convertible o de participaciones sociales.
El importe mínimo será de 25 millones por beneficiario, salvo casos justificados, mientras que en lo relativo al importe máximo, se fijará el que sea imprescindible, siempre y cuando no supere el patrimonio neto de la compañía a 31 de diciembre 2019.
También se aprobó la composición y el funcionamiento del Consejo Gestor del fondo, que se pondrá en marcha antes de 30 días. Según Montero, esta medida "refleja el compromiso del Gobierno para proteger y reforzar el tejido productivo".
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