El Supremo confirma el archivo de una queja del PP contra Garzón por las filtraciones de 'Gürtel'
Señala que la conclusión anterior del CGPJ de que no se reflejaban indicios de responsabilidad disciplinaria por parte del juez "no es irrazonable".
Madrid/El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso del PP contra el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de archivar, en septiembre de 2009, una queja de ese partido contra el juez Baltasar Garzón por la filtración de datos del caso Gürtel, así como por su actuación en este caso.
Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del Supremo en una sentencia, en la que señala que la conclusión del Consejo de que no reflejaban indicios de responsabilidad disciplinaria por parte de Garzón "no es irrazonable".
La comisión disciplinaria del CGPJ acordó el 15 de septiembre de 2009, por unanimidad, archivar esta queja, que se sumó a otras, al estimar que los hechos a los que se refería la nueva queja del PP carecían de relevancia disciplinaria, ya que se trataba de "consideraciones subjetivas que los denunciantes deducen de cada actuación judicial" del juez de la Audiencia Nacional.
En marzo de 2009 el CGPJ archivó otras quejas que el PP y el senador de este partido Luis Bárcenas habían presentado contra Garzón por los mismos hechos.
El PP, en esta queja, que presentó el 12 de marzo de ese año en el órgano de gobierno de los jueces, criticaba las "irregularidades" cometidas por Garzón al ausentarse de España sin cumplimentar el escrito de remisión a los Tribunales Superiores de Justicia de Madrid y Valencia del caso Gürtel.
Además, denunciaba la utilización del secreto sumarial "como instrumento de publicidad" del juez "en contra de las garantías de las partes y afectados".
Tras ser archivada por el CGPJ, el PP recurrió esta decisión al considerar que el archivo descansaba en razones "someras" y que se tenía que sancionar al juez.
Al respecto, el Supremo no acepta la legitimación del denunciante para pretender que se sancione a los jueces y magistrados por la responsabilidad disciplinaria en que hubieran podido incurrir.
Respecto a la actuación del CGPJ, la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Lucas Murillo de la Cueva, explica que el PP no puede reprochar al órgano de gobierno de los jueces no haber resuelto sobre extremos que no fueron objeto de la denuncia.
Añade que la comisión disciplinaria adoptó su decisión después de que por el servicio de Inspección se realizara una actividad investigadora "suficiente" sobre los hechos relatados en la denuncia.
Garzón se encuentra suspendido cautelarmente de sus funciones en la Audiencia Nacional desde el pasado mes de mayo después de que el Tribunal Supremo le abriera juicio oral por declararse competente para investigar las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo y actualmente trabaja en la Corte Penal Internacional en La Haya (Holanda) como consultor externo de la Fiscalía. E
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