¿Son los viajes familiares una causa de exención para librarse de una mesa electoral?

elecciones generales 23-J

Facua solicita a la Junta Electoral Central que emita un nuevo criterio interpretativo de las causas por las que los ciudadanos están exentos de participar en una mesa en la que se incluya esta circunstancia

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Una de las cabinas utilizadas para el depósito de las candidaturas.
Una de las cabinas utilizadas para el depósito de las candidaturas. / M. G.
Redacción

30 de mayo 2023 - 12:18

Ante la convocatoria de Elecciones Generales el próximo domingo 23 de julio, Facua-Consumidores en Acción ha solicitado a la Junta Electoral Central (JEC) que emita un nuevo criterio interpretativo de las causas por las que los ciudadanos están exentos de participar como presidentes o vocales de las mesas electorales a fin de incorporar determinados viajes vacacionales.

Así, la asociación solicita sensibilidad a la JEC ante el hecho de que la convocatoria de elecciones en esas fechas, de alta tradición vacacional en España, supone un hecho sin precedentes en estos años de nuestra reciente historia democrática que puede tener consecuencias gravosas para aquellos ciudadanos que sean llamados para participar en mesas electorales y a día de hoy ya tuvieran contratados viajes vacacionales.

En su escrito, Facua recuerda que la JEC ha reconocido como causa eximento para la participación en mesa electoral la concurrencia en el día de las elecciones de eventos familiares de especial relevancia que resulten inaplazables o cuyo aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que la persona interesada sea la protagonista o guarde con ésta una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad. Así lo establece el texto consolidado de la Instrucción 6/2011, de 28 de abril de la Junta Electoral Central, de Interpretación del artículo 27.3 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas Electorales.

En este sentido, Facua pide "que sean considerados eventos familiares de especial relevancia aquellos viajes realizados en familia o que tengan por objeto visitar a familiares, contratados con anterioridad al 30 de mayo y que no puedan ser aplazados o cuyo aplazamiento cause un perjuicio económico importante". Y ello para garantizar el ejercicio de su derecho al descanso y a la conciliación familiar y personal".

"Al no existir concreción en la instrucción de la JEC, es muy posible que las juntas electorales de zona adopten criterios interpretativos dispares, con los consiguientes perjuicios para multitud de ciudadanos", valora.

En este sentido, Facua espera "tanto sensibilidad como celeridad" en el pronunciamiento de la Junta Electoral Central, ante la inmediatez de la convocatoria electoral. Asimismo, espera "que las notificaciones para participar en las mesas electorales se produzcan con plazos suficientes para que las juntas electorales de zona puedan pronunciarse ante las solicitudes de exención que planteen los ciudadanos y no se produzcan silencios que les provoquen indefensión".

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