El juez Peinado entrega a las partes el vídeo de la citación de Sánchez

Rechaza la petición del fiscal de no incluir en la causa el “silencio” del presidente porque de él se pueden sacar conclusiones

Begoña Gómez también se querella contra el juez Peinado por prevaricación

Pedro Sánchez, con su mujer en una imagen de archivo / Borja Sánchez-Trillo / Efe
Agencias

22 de agosto 2024 - 19:12

El juez Juan Carlos Peinado que investiga a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha dicho que se pueden sacar “conclusiones” del “silencio” del líder del Ejecutivo cuando se negó a declarar ante él en Moncloa como testigo.

En una providencia, fechada este jueves, el titular del Juzgado de Instrucción número 41 ordena trasladar copia a las partes –entre las que se encuentra Vox– de las grabaciones del pasado 30 de julio en la Moncloa, a lo que se oponía la Fiscalía, porque entiende que puede “dar lugar a la formación de inferencias”.

Dice que su “silencio” es “legítimo” pero que, “como es bien sabido, permite dar lugar a la formación de inferencias, que, en su caso, en conjunto con otros elementos de carácter objetivo, puedan llevar a conclusiones de carácter objetivo, al objeto de valorar la posible concurrencia de aspectos integrantes, de posibles indicios, bien en sentido inculpatorio hacia algún investigado o, por el contrario, en sentido excluyente de responsabilidad penal”.

El pasado día 3, la Fiscalía pidió al juez que no se entregara a las partes las grabaciones de la testifical de Sánchez en la Moncloa porque “carecería de utilidad material o procesal”, si bien el juez asegura que lo solicitó “sin indicar precepto legal alguno” ni concretar los motivos que puedan hacer presumir tal improcedencia.

Peinado explica que “el testigo” se acogió a “la dispensa que le ofrece el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”, de tal manera que “no realizó manifestación alguna” respecto de las posibles preguntas que se le hubieran podido realizar.

Dichas preguntas “si no se consideraran impertinentes por este instructor, habría de haber contestado, bajo juramento, y por tanto decir verdad”.

Ante la petición de la Fiscalía señala que “lo cierto es que las partes tienen derecho a disponer de copia de todos los documentos que se contienen en las diligencias previas”, incluidos “los contenidos en los soportes digitales” en los que se documenten, en su caso, las diligencias de instrucción llevadas a cabo.

Lo justifica ante “la interpretación procesal que se pueda realizar a la conducta que, por cualquiera de los intervinientes, pongan de manifiesto, bien por lo que contesten o bien por su silencio”. El presidente del Gobierno se acogió a su derecho a no declarar contra su mujer ante el juez que la investiga por presunto tráfico de influencias e, inmediatamente, interpuso una querella contra él por prevaricación. 

Sánchez, en una declaración que duró dos minutos, simplemente ratificó que la investigada es su mujer y que, por tanto, se acogía a su dispensa a no declarar en contra de ella, como le permite la ley. Poco después, la Abogacía del Estado, en representación de la Presidencia del Gobierno, presentó una querella ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que está pendiente de su admisión a trámite, algo que se decidirá en septiembre.

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