Confabulario
Manuel Gregorio González
V aleriana
El hijo de la luz
ESTIMADO Francisco: No soy católico. En verdad, no profeso religión alguna. Sin embargo, respeto a los creyentes de cualquier confesión y estimo que el Estado debería ser el mar donde todas las creencias pudieran navegar en calma. Disculpe mi atrevimiento al escribirle justo el día en que Jesús entró en la ciudad ecuménica con nombre de paz para terminar crucificado por decisión del pueblo. Esa es la razón y el corazón de mi carta.
Mi dirijo a Vd. en calidad de jefe de un Estado sin nación, integrista, machista y absolutista, que a menudo actúa como estructura de poder de manera opuesta a la filosofía que difunde. Son muchos los católicos y no católicos que confiamos en Vd. para que todo cambie. Sirva como ejemplo la apropiación ilegítima por la Iglesia Católica de la conocida popular y mundialmente por Mezquita de Córdoba, pero inscrita en el Registro como Santísima Iglesia Catedral. Sepa que no es una cosa ni la otra: o se trata de un templo ecuménico habilitado para el rezo compartido, o laico como Santa Sofía en Estambul. Así se zanjaría el debate sobre la funcionalidad de un monumento singular y único en el planeta, reclamo universal de Córdoba, catalogado y protegido con dinero público como BIC, declarado Monumento Nacional y Patrimonio de la Humanidad por la Unesco. Su titularidad, por el contrario, no admite duda: la Mezquita-Catedral pertenece al pueblo de Córdoba.
Hace pocos días, el Juzgado de lo Penal nº 5 reconoció lo que es obvio: no todo el recinto es Catedral. Además, la inscripción no implica propiedad sino la prueba de un título que en este caso no existe: la "consagración" no es modo adquisitivo en Derecho. Tampoco el inmueble es susceptible de propiedad privada por tratarse de Dominio Público. Y, por último, las normas que ampararon su inmatriculación son inconstitucionales. Así pues, la inscripción es nula. Bastaría con la declaración de la inconstitucionalidad de los arts. 206 LH y 304 RH, bien por el Tribunal Constitucional o incluso por un juez de Instancia al tratarse de una inconstitucionalidad sobrevenida. Y para hacer efectiva su restitución formal al pueblo de Córdoba, tampoco haría falta expropiación ni pagar justiprecio alguno porque nunca fue propiedad privada de la Iglesia (por eso no debe pagar IBI). En sentido estricto, no habría nada que devolver porque siempre fue pública. Nuestra. Le ruego que así se lo haga saber al obispo.
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