Brindis al sol
Alberto González Troyano
Retorno de Páramo
La llegada de los Reyes Magos con los que encabezamos esta publicación es, posiblemente, uno de los acontecimientos más esperados e ilusionantes durante todo el año. Y ello porque todo quisque vive con la ilusión de recibir un algo en concepto de regalo de Reyes. Es de aclarar que el hecho -incuestionable- de que todos vivamos con la ilusión de obtener el regalito al que aludimos no significa que todo quisque vaya a recibirlo.
Pero, a juicio de Las Tendillas, sus Majestades han llegado a Córdoba antes de la fecha tradicional. Por mediación de este periódico, El Día de Córdoba, en su edición del martes pasado, nos han dado traslado de mensaje del siguiente contenido: "Córdoba tendrá un centro de crisis para víctimas de violencia sexual".
El "centro de crisis" será para Córdoba, prestando un servicio en exclusiva que hasta ahora se daba en el Instituto Andaluz de la Mujer. Lo dicen, de manera expresa, los Reyes. Mas, como tuvimos ocasión de recordar en publicación anterior, Córdoba somos todos. En consecuencia, el "centro de crisis" también es de todos.
Queda por ver si el susodicho centro -entregado por los Reyes Magos a Córdoba- tiene la condición de regalo o si la donación se efectúa por razones de estricta Justicia. Es por ello que, ante la duda, efectuamos el siguiente análisis. A San Jerónimo se le atribuye la expresión Noli equi dentes inspicere donati que, en román paladino, viene a decir: "A caballo regalado no le mires los piños".
Nada que oponer, pues, a la donación si de un regalo de Reyes se trata. Entre otros motivos, por su condición de acto voluntario.
Pero, si lo que se pretende es la protección de las víctimas, la donación deviene en acto de obligada ejecución -que no voluntario-. En consecuencia, no resulta de aplicación el susodicho… refrán.
Por el contrario, tenemos que oponer que, a juicio del autor de esta modesta opinión, es de lamentar que los Reyes Magos (léase, Junta de Andalucía, Fiscalía, etcétera) no hayan instado la anulación -que no reforma- de la llamada Ley del Solo sí es sí que, lejos de proteger, la aplicación de la misma supone un grave peligro para las víctimas. Y, en todo caso, está afectada -a nuestro juicio- de nulidad de pleno derecho por inconstitucional.
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