
La Rayuela
Lola Quero
Puente de plata a la privada
Creo que el poder judicial es también una herramienta del Estado sometida a escrutinio público. No me inquieta que se pueda decir abiertamente que una resolución no gusta y no merece pasar al acervo judicial que deberíamos compartir y que debería también iluminarnos para lograr una monótona, pero apreciable, previsibilidad de las decisiones, cimiento de la seguridad jurídica común. Y, aunque también pueda y deba discreparse de ella, creo en la ley, fruto de nuestra capacidad racional y del consenso, de manera deseable, o de la voluntad mayoritaria – respetuosa con la minoría– como estándar mínimo aceptable, ya sea en un sistema representativo o en uno directo.
La presunción de inocencia, sin condena si no se demuestra la culpabilidad más allá de toda duda razonable, es un principio definido en las constituciones de nuestras democracias, para nosotros en el artículo 24.2 de la de 1978, pilar esencial, además de derecho fundamental especialmente protegido, que es garantía de separarnos de nuestro estado natural de venganza como remedio para ubicarnos en la justicia de la democracia como solución. Por ello, la irrelevancia política en que debería caer la vicepresidenta Montero, y –con la suya– la de nuestro gobierno, si no dimite o se la cesa, cosa que no ocurrirá sin ningún género de duda, sería un consuelo insuficiente pero saludable.
La vicepresidenta Montero, en el curso del congreso del Partido Socialista en Málaga, en un desangelado auditorio para la historia que el PSOE tiene y la vocación que debiera, afirmó en su discurso, literalmente: “(…) Porque os quería decir también: ¡Qué vergüenza la sentencia de Dani Alves! ¡Qué vergüenza que todavía se cuestione el testimonio de una víctima y se diga que la presunción de inocencia está por delante del testimonio de mujeres jóvenes, valientes, que deciden denunciar a los poderosos! (…)”. Repito, sin entrecomillar, vergüenza que se diga que la presunción de inocencia está por delante de un testimonio. La sentencia es una del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña absolutoria de un delito de agresión sexual previamente condenado. Sin perjuicio del razonamiento de la sentencia, profundo, detallado y unánime (cuatro magistrados, dos hombres y dos mujeres), el principio de la presunción de inocencia, efectivamente y por fortuna, se pone por delante de todo lo demás. Y quedaría el Supremo.
No siempre tuvimos presunción de inocencia, señora vicepresidenta. Hubo un tiempo largo de inseguridad donde el capricho del gobernante o, ahí sí, del poderoso se imponía a la razón legal y al Derecho, transformándolo de herramienta de convivencia en una de mera conveniencia. Quiero pensar que lo suyo es solo impericia demagógica, barata y tempestiva, en lugar de valor ideológico, autocrático y tiránico. Tanto da si por estulticia o vileza: ni un minuto más. Aunque eso sea mucho presumir, sufriendo de nuevo esta voraz gula politiquera.
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