Lucena aprueba la ordenanza de tráfico que regula la circulación de los patinetes
Subbética
El uso de casco y chalecos, así como el seguro de responsabilidad, es recomendable siempre, pero sólo será obligatorio en algunos casos
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El Ayuntamiento de Lucena continúa dando pasos hacia la regulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), los llamados patinetes eléctricos, con la aprobación en pleno del nuevo texto de la Ordenanza de ráfico, que incorpora un nuevo título que viene a regular la circulación de estos vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza.
Con el objetivo de incrementar la seguridad vial y la convivencia respetuosa entre los distintos medios de transporte, la nueva regulación municipal pretenden adaptar a la realidad de Lucena la normativa existente a nivel nacional. De entrada, el uso de estos vehículos no estará permitido a menores de 16 años, sólo podrán circular transportando a una única persona (llevar animales tampoco está permitido) y todos deberán contar con sistemas de frenado, timbre, luces delanteras y traseras y elementos reflectantes.
El uso de casco y chalecos, así como el seguro de responsabilidad, si bien es recomendable siempre, sólo será obligatorio en algunos casos. La velocidad de circulación variará según la tipología de la calle, si cuenta con aceras y calzada o si es de plataforma única, oscilando entre los 25 kilómetros hora y los 15 km/hora en carriles bici.
En la ordenanza, el Ayuntamiento se reserva la opción de crear un registro de VMP para conocer cómo se va incrementando el parque móvil de estos vehículos de la ciudad, al tiempo que estipula los requisitos para la autorización de circulación a empresas de alquiler de estos vehículos, reservándose la facultad la administración local de limitar el número de autorizaciones o licencias de uso privativo de dominio público para la explotación económica del servicio de alquiler.
La nueva regulación fija, en el capítulo sancionador, las diferentes multas económicas a las que se enfrentan los conductores y dueños de estos vehículos de movilidad personal, distinguiendo hasta 39 infracciones diferentes. A nivel económico, las sanciones oscilan desde 60 euros por conducir un VPM siendo menor de 16 años, circular sin respetar la distancia mínima con peatones y línea de fachadas o circular cruzando los pasos de peatones hasta los 500 euros por conducir bajo los efectos del alcohol o drogas, circular de forma temeraria, circular realizando competiciones o explotar comercialmente los VPM para rutas turísticas sin la autorización pertinente.
Redactada desde Policía Local y la Oficina de Movilidad, la propuesta se elevó el pasado 8 de noviembre a consulta previa a fin de que la ciudadanía pudiera presentar observaciones o sugerencias sobre la problemática que se pretendía abordar con la nueva regulación, sin que se recibiera ninguna propuesta. Tras la aprobación en Pleno el pasado martes por unanimidad de todos los grupos, sólo queda que la Ordenanza cumpla el trámite de exposición pública antes de su entrada en vigor en un plazo que no será antes de un mes.
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