Lucena modificará el PGOU para que la actividad comercial pueda ocupar un edificio en el centro histórico
Subbética
La norma actual no permite que la actividad empresarial sea la predominante en el conjunto de un edificio de la zona centro, ya que el uso residencial debe ser el principal
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El Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento de Lucena ha iniciado la redacción de una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para posibilitar que los usos terciarios –comercio y oficinas, principalmente— puedan implantarse en la totalidad de un edificio en el casco histórico de la ciudad.
El concejal de Urbanismo, César del Espino, ha explicado que las normas urbanísticas de la localidad, aprobadas en el PGOU de 2001, no permiten que la actividad comercial sea la predominante en el conjunto de un edificio de la zona centro, ya que el uso residencial debe ser el principal, ocupando al menos el 51% del espacio bajo techo del inmueble, de modo que en la actualidad, prácticamente la única posibilidad de implantación es hacerlo en locales comerciales.
De cara a superar estos impedimentos normativos vigentes, el Ayuntamiento lucentino pone en marcha una innovación del PGOU para dar respuesta a las posibles inversiones de empresas terciarias que pretendan ubicar su negocio en exclusividad en la totalidad de un edificio. “Dadas las características geográficas, demográficas y socioeconómicas, Lucena puede ser objetivo estratégico para la llegada de firmas comerciales importantes”, ha apuntado el edil, “con el consiguiente beneficio económico e impacto positivo en la imagen que se proyecta de la ciudad”.
En su argumentación de justificación de la modificación propuesta, Del Espino también se ha referido a la necesidad de favorecer el comercio, como mecanismo de revitalización del centro, y al claro objetivo de mantenimiento y conservación de las edificaciones existentes, “unos objetivos que Lucena comparte con otras ciudades desde la labor pública”, en acciones que se consideran también que son de apoyo a los centros comerciales abiertos.
Iniciado el expediente y la redacción de la modificación, que afectará al artículo 183 del PGOU, el primer escollo administrativo a superar será la aprobación inicial de la innovación por parte del Pleno municipal, paso previo a la remisión de la propuesta a la Junta de Andalucía, administración que debe autorizar cualquier trámite de este tipo.
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