Todas las claves de la sentencia de la Manada por los abusos en Pozoblanco, que se conocerá este jueves

La validez o no como prueba del vídeo que el Prenda hizo con un móvil es el nudo gordiano del caso

Las distintas partes han sido citadas este jueves, 4 de junio, para conocer la resolución

Desde la izquierda, el exguardia civil, el peluquero, el Prenda y el exmilitar, sentados en el banquillo de los acusados. / Rafa Alcaide / Efe

Antonio Manuel Guerrero, exguardia civil; Jesús Escudero, peluquero; Alfonso Jesús Cabezuelo, exmilitar, y José Ángel Prenda, el Prenda a secas, cuatro amigos sevillanos conocidos popularmente como la Manada, conocerán este jueves, 4 de junio, su sentencia por los presuntos abusos sexuales en Pozoblanco. Los cuatro están acusados de tocamientos a una joven el 1 de mayo de 2016, apenas dos meses antes de cometer la violación grupal en Sanfermines, por la que ya han sido condenados a 15 años por el Tribunal Supremo. Repasamos a continuación las claves de la vista oral, que el jueves 21 de noviembre quedó pendiente de sentencia en Córdoba, hace más de seis meses, después de que la Fiscalía redujera de siete a seis años la petición de cárcel para cada acusado. Las partes han sido citadas este jueves para conocer el fallo.

La validez del vídeo

El episodio de abusos se produce supuestamente en el interior de un coche en el que los cuatro procesados regresaban a Pozoblanco con la denunciante, a la que habían conocido en la feria de Torrecampo. Entre las 07:23 y las 07:24, el Prenda coge el móvil del exguardia civil y realiza dos breves grabaciones en las que se les vería someter a la chica a diversos tocamientos mientras ella se encuentra en un estado “semi comatoso”, como lo definió el fiscal, Jesús Aparicio. Pese a que el Prenda asumió al final de la vista oral que él era el autor de las imágenes –“Reconozco haber grabado el vídeo con el móvil de Antonio Manuel y haberlo pasado sin el conocimiento de ninguno de ellos”, dijo al juez-, la forma en la que la Policía Foral obtuvo los vídeos es el nudo gordiano del pleito al entender la defensa que se consiguió sin autorización judicial cuando investigaban el vídeo de la violación de Pamplona y que, por tanto, debe rechazarse como prueba.

El fiscal Jesús Aparicio sostiene, en cambio, que la prueba se obtuvo “legítimamente” y “con absoluto respeto a los derechos” de los acusados y que, por tanto, “debe ser admitida y valorada”, pues no hubo “una invasión ilegítima en la intimidad” de la Manada”.

La defensa, que ejerce el letrado Agustín Martínez Becerra, lo discute, pues desde su punto de vista “no existía título habilitante” para bucear en las imágenes de los móviles de sus clientes, únicamente sobre la violación de los Sanfermines. Algunos agentes de la Policía Foral “mintieron interesadamente”, llegó a decir en sala. Podría darse la situación paradójica de que el acusado haya asumido la autoría de los vídeos pero que el juez anule la prueba. La Policía Foral de Navarra no fue muy nítida en este aspecto; hubo agentes que hablaron de permiso “verbal” del juez, otro aseguró que había tres autos, aunque en la vista no se ha exhibido ningún escrito concreto que autorice esta investigación. El Ministerio Público solicita cuatro años de prisión por la grabación y difusión del vídeo.

La amnesia de la denunciante

La declaración de la víctima suele ser la principal prueba de cargo en los delitos contra la libertad sexual. Pero el caso de Pozoblanco es diferente al encontrarse la chica en estado de “profunda inconsciencia”, como describe el fiscal en su escrito de conclusiones. Se ha discutido mucho el motivo de esto, e incluso en la vista se habló de un posible uso de burundanga, aunque nada quedó probado. Según el abogado de la acusación, Blas Arévalo, la joven fue “muy contundente” en su declaración, que se produjo a puerta cerrada, aunque con “lapsus” de lo que ocurrió dentro del vehículo, de lo que no recuerda nada.

Una de las concentraciones organizadas durante la celebración del juicio. / Lolo Agredano

La joven relata únicamente el momento en que el exguardia civil, que se prestó a llevarla a casa, la tira del vehículo después de que ella se negara a hacerle una felación. “Me han violado”, le dijo por la mañana a un amigo, aunque no denunció hasta que la Policía Foral le enseñó imágenes del vídeo recuperado transcurridos varios meses. Los mismos agentes relataron en el juicio que extrajeron dos cabellos como muestra en busca de alguna sustancia química que le hubiera anulado la voluntad, aunque nada se ha dicho de estos resultados. Un forense del Instituto de Medicina Legal de Córdoba asumió que la “amnesia” podría ser compatible con una ingesta masiva de alcohol; ella reconoció que había bebido aquella noche

El silencio de los acusados

En el arranque del juicio, los procesados se acogieron a su derecho a no declarar y se consideraron “inocentes”. La acusación particular pide al juez que este silencio se valore como indicio y cita sentencias por casos similares en que los procesados se acogieron a su derecho a guardar silencio y luego fueron condenados. Para la defensa, en cambio, se trata de una estrategia procesal en el sentido de que, como según su punto de vista el vídeo es inválido como prueba, sus clientes nada tienen que decir sobre un caso que estaría viciado desde la instrucción.

También ha sido muy comentada la actitud de los acusados en la sala, con sonrisas y gesticulaciones, hasta el punto de que el titular del Juzgado de lo Penal número 1, Luis Santos, llegó a reprenderles.

Las lagunas de los testigos

Una quincena de testigos depuso en el juicio, tanto en persona como por videoconferencia. Algunos de ellos participaban en los chats La Manada y El Peligro, a los que el Prenda ha reconocido que envió las dos grabaciones, aunque solo dos asumieron que habían visto las imágenes. Un testigo redujo el episodio a “unos chavales y una chavala en el coche, ella medio dormida”. “No recuerdo si alguien la besa”, dijo. El otro lo definió así: “Vi un cachondeo, unas risas, una niñería”. “En mi coche se han quedado también dormidas amigas después de salir de la discoteca”, excusó a sus colegas.

El abogado defensor, Agustín Martínez, resopla a la entrada a la Ciudad de la Justicia. / Efe/ Rafa Alcaide

Otro grupo de testigos fue interrogado acerca del estado de la chica en la discocaseta de Torrecampo donde conoció a la Manada. Las declaraciones fueron contradictorias y vagas, hasta el punto de que la amiga que la acompañaba aquella noche de fiesta y con la que se había desplazado desde Pozoblanco dijo que habían discutido.

Abusos o vejaciones

Para la Fiscalía, el vídeo es la “prueba reina” del caso, pues “casi nos convertimos en testigos oculares de lo que ocurrió”. Así, al Ministerio Público “no le cabe duda” de que, “de que común acuerdo, sometieron a la víctima a numerosos tocamientos con una significación indiscutiblemente sexual”. El fiscal asegura que todos “le tocan el pecho, tanto por fuera como por dentro de la ropa, incluido el conductor”; el militar, incluso, “llega a darle varios besos en la boca”. La Fiscalía, en todo caso, ha rebajado de tres a dos años la petición de condena por el delito de abusos sexuales al entender que no concurre violencia.

La defensa, en cambio, niega el ánimo libidinoso. “Las imágenes son la demostración clara de una actitud humillante, ridiculizante. Es despreciable sin el menor género de dudas, pues nadie tiene el derecho de ponerle la mano en el pecho a nadie. Pero en ningún caso había ánimo libidinoso, sino una actitud vejatoria que es deplorable”, expone el letrado. Ante la posibilidad de que el juez dé el vídeo válido como prueba, el letrado propone que los tocamientos se consideren vejaciones y solicita seis meses de cárcel.

Discrepancias sobre los daños

Los supuestos abusos sexuales afectaron a la chica “de una forma devastadora”, según la psicóloga que la asistió, quien detalló en la tercera sesión del juicio que esta experiencia “ha condicionado su vida”. La experta habló de “situaciones de hiperalerta”: “No quería salir en las redes sociales, cuando veía películas en las que aparecía una escena sexual se le desencadenaba rechazo por una reexperimentación de la situación, se escondía con gafas o gorro”. La experta se refirió a una “revictimización muy cruel” a lo largo del tiempo.

También la reconoció, en dos ocasiones, un forense del Instituto de Medicina Legal de Córdoba: el 14 de noviembre 2016 y el 22 noviembre de 2017. El diagnóstico fue un trastorno de estrés agudo, que posteriormente se moduló a un trastorno por estrés postraumático, que suele asociarse a “circunstancias de muerte, lesiones graves o violencia sexual”.

El forense relató que, después de los sucesos, llegó a hacer “una vida normal, aunque con cierta preocupación”. La patología surgió cuando la Policía Foral le expuso las imágenes del vídeo; entonces, se situó “en un contexto en el que su integridad se vio amenazada y sintió un atentado contra su libertad sexual”. Influyó asimismo la “brutal” exposición mediática. El proceso de “normalización” llegó en marzo de 2017, aunque el pasado verano, según la abogada de la asociación Clara Campoamor, que ejerce la acción popular, el pasado agosto sufrió un intento de defenestración relacionado con los abusos.

Las partes, no obstante, discrepan sobre las indemnizaciones que la denunciante debe recibir. Para la acción popular y el abogado acusador, lo justo serían 80.000 euros, cantidad idéntica a la de la víctima de la violación grupal de Pamplona. El fiscal lo minimiza: 10.500 euros.

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