Cuándo entra en vigor la rebaja del IVA en los alimentos
Bajada del IVA
La reducción del IVA en productos de alimentación básicos se mantendrá hasta el 30 de junio
El Gobierno elimina el IVA en los alimentos de primera necesidad durante seis meses
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-Ley de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, con el objetivo de ahondar en el descenso de la inflación, y reforzar las medidas de apoyo para las familias y los sectores económicos más afectados. Con un impacto de 10.000 millones de euros, las ayudas entrarán en vigor el domingo 1 de enero.
Medidas para reducir los precios de los alimentos
Uno de los principales objetivos de las medidas adoptadas sigue siendo contener el incremento de los precios, especialmente de la energía y los alimentos. Con esta finalidad, se suprime el IVA de los productos frescos que tenían ya el tipo reducido y se reduce del 10% al 5% el del aceite y las pastas, lo que permitirá reducir el precio de alimentos básicos y de primera necesidad como el pan, la leche y las frutas y hortalizas, además de los mencionados.
De esta forma el Gobierno pretende aliviar la situación de las familias, de manera más intensa para aquellas de bajos ingresos que dedican una parte mayor de su renta a estos bienes. Esta bajada de impuestos se mantendrá hasta el 30 de junio o hasta que la inflación subyacente baje del 5,5%.
Adicionalmente, se prorroga durante todo 2023 la reducción del IVA de la electricidad y del impuesto especial sobre la energía eléctrica y se mantiene la suspensión temporal del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, para que los productores de electricidad puedan seguir ofertando precios más competitivos.
Tipo reducido para mascarillas y vacunas
Los recursos para la prevención y diagnóstico de la Covid-19 también continuarán con una tributación excepcional mientras se mantengan las políticas de protección de la población y lucha contra el virus.
Uno de los artículos clave para ellos son las mascarillas quirúrgicas, cuyas entregas, importaciones y adquisiciones seguirán gravadas al 4% de IVA, tal y como viene ocurriendo desde 2020, durante el primer semestre de 2023.
Dado que las campañas de vacunación continuarán y que el Covid-19 sigue provocando contagios, este Real Decreto-ley incluye que tanto vacunas como pruebas diagnósticas mantengan un gravamen del 0%.
Un conjunto de decisiones para continuar frenando al virus que acumulan varias prórrogas, y que estarán vigentes hasta el 30 de junio de 2023.
Lista de alimentos sin IVA
Las nuevas medidas del Gobierno reducirán el precio de alimentos de consumo de primera necesidad como las verduras, las frutas y los huevos.
Los alimentos de primera necesidad que pasan temporalmente del IVA superreducido a venderse sin IVA son los que se encuentran en los siguientes grupos:
- Legumbres.
- Patatas y tubérculos.
- Leche.
- Queso.
- Huevos.
- Verduras y frutas.
- Cereales.
- Pan y harinas panificables.
Por otra parte, los alimentos que se verán afectados por esta rebaja del 10% al 5% de IVA son tanto el aceite como la pasta.
Alimentos como la carne y el pescado no entran dentro de las reducciones, así como otro tipo de alimentos como pueden ser procesados o también las bebidas azucaradas o que contengan alcohol. A estas últimas bebidas no se las considera de primera necesidad o un producto de alimentación al que se le grava el impuesto del 10%, por lo que se le aplica el del 21%.
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