La Ley Audiovisual de la Junta prevé sanciones de hasta un millón euros para la piratería

El proyecto amplía los derechos de usuarios, refuerza la protección menores y controla las emisiones ilegales

Efe

01 de agosto 2017 - 14:27

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de la Ley Audiovisual de Andalucía, que prevé ayudas para proyectos de creación, producción y promoción, y que se propone luchar contra la "piratería" con sanciones de hasta un millón de euros por infracciones muy graves, como la emisión sin licencia.

El proyecto normativo amplía los derechos de los usuarios, refuerza la protección de los menores y el control de las emisiones ilegales, según ha destacado en rueda de prensa el vicepresidente de la Junta, Manuel Jiménez Barrios, quien ha asegurado que la norma es fruto de un proceso "muy consensuado", con más de 600 alegaciones.

El régimen disciplinario recoge nuevas infracciones y sanciones: para las tipificadas como muy graves, las multas oscilarán entre 80.001 euros y un millón para los servicios de comunicación televisiva, y entre 20.001 y 200.000 para los radiofónicos.

En el caso de las infracciones graves, como incumplir el deber de comunicación previa o alterar los parámetros técnicos de emisión, se podrán imponer sanciones de entre 20.001 y 80.000 euros para las televisiones y de entre 10.001 a 20.000 para las radios.

El régimen sancionador se completa con multas para infracciones leves de hasta 20.000 y 10.000 euros, respectivamente.

En cuanto a la protección de los menores, la ley andaluza ampliará las franjas horarias de protección reforzada vigentes ahora y fijados por la legislación estatal básica.

Así, los contenidos calificados como recomendados a menores de 13 años deberán incluirse entre las 7.00 y las 9.00 horas y entre las 17.00 y las 20.00 horas en el caso de días laborables, con lo que se aumenta en una hora la franja matutina, actualmente situada entre las 8.00 y las 9.00.

Además, los contenidos que puedan resultar perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores sólo podrán emitirse en abierto entre las 23.00 y las 6.00 horas.

De forma similar, se garantizarán los derechos de las personas con discapacidades auditivas y visuales con diversos requerimientos mínimos en cuanto a horas de emisión adaptada.

La nueva ley, que a partir de septiembre comenzará su tramitación parlamentaria, incluirá por primera vez en España la regulación de las emisiones de universidades y centros docentes, ya que aborda de forma integral este sector, al tiempo que incorpora medidas para asegurar la defensa del servicio público sin que se puedan producir privatizaciones ni externalizaciones.

Según el también consejero de la Presidencia, la futura norma cubrirá aspectos insuficientemente desarrollados por la legislación estatal básica en vigor desde 2010 (la Ley General de la Comunicación Audiovisual).

Respecto a los derechos, el proyecto amplía su catálogo considerando a los usuarios no sólo como destinatarios de los servicios sino como parte integrante de la comunicación audiovisual.

Se recoge la creación del Consejo de Participación Audiovisual de Andalucía, que estará integrado por representantes de la ciudadanía y de los agentes del sector, y cuyas funciones serán detalladas en desarrollo reglamentario posterior.

En relación con el apoyo a la actividad económica y empresarial audiovisual, se establecen las bases de un sistema de incentivos y ayudas a la financiación para respaldar proyectos de creación, producción, distribución, exhibición y promoción exterior.

Estas ayudas, que también cubrirán iniciativas de formación e investigación y otras vinculadas al turismo (como el fomento de nuevas rutas cinematográficas), se concretarán en el Plan de Ordenación e Impulso al Sector Audiovisual.

El proyecto introduce también novedades en relación con los derechos y obligaciones de los prestadores de servicios audiovisuales y con los mecanismos de control vinculados a los de carácter público local.

Se detallan así medidas para asegurar con mayores garantías la prohibición efectiva de emitir publicidad en emisoras sin licencia, de forma que los anunciantes, las agencias de publicidad y los terceros que contraten con emisoras sin título habilitante serán también responsables.

En la misma línea de un mayor control contra la piratería, se refuerzan la actividad inspectora y el régimen sancionador, de forma que se dotará a la Administración autonómica de nuevos mecanismos para acceder a los lugares que pueden estar vinculados a emisiones o servicios audiovisuales irregulares o ilegales.

En este sentido, se crea la figura del "colaborador necesario", por ejemplo, para los titulares de parcelas donde se sitúen torres de emisión, que deben prestar su ayuda para el acceso a las mismas.

"El resultado es una buena ley, que ejerce más control, que lucha contra la piratería y que garantiza un servicio público de la comunicación audiovisual", ha resumido Jiménez Barrios.

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